Concepto Nº 336961 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 13-09-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 900329571

Concepto Nº 336961 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 13-09-2021

Número de radicadoPRESTACIONES SOCIALES. Dotaciones. Radicado No. 20212060603792 de fecha 31 de agosto de 2021.
Año2021
Fecha13 Septiembre 2021
Número de oficio336961
MateriaPRESTACIONES SOCIALES,Dotación
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 336961 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 336961 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000336961*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000336961
Fecha: 13/09/2021 07:33:40 p.m.
Bogotá D.C.
REFERENCIA: PRESTACIONES SOCIALES. Dotaciones. Radicado No. 20212060603792 de fecha 31 de agosto de 2021.
Reciba un cordial saludo por parte de Función Pública. En atención a la comunicación de la referencia, mediante la cual consulta la procedencia
del pago de dotación en dinero, me permito manifestar lo siguiente:
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 430 de 2016, este Departamento Administrativo tiene como objeto el fortalecimiento de las
capacidades de los servidores públicos y de las entidades y organismos del Estado, su organización y funcionamiento, el desarrollo de la
democratización de la gestión pública y el servicio al ciudadano, mediante la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de políticas
públicas, la adopción de instrumentos técnicos y jurídicos, la asesoría y la capacitación.
En ese sentido, la resolución de los casos particulares corresponderá a la autoridad empleadora y nominadora, en cuanto es la instancia que
conoce de manera cierta y documentada la situación particular de su personal.
Por tanto, este Departamento Administrativo, en ejercicio de sus funciones, realiza la interpretación general de las disposiciones legales y, en
consecuencia, no le corresponde la valoración de los casos particulares.
Así las cosas, solo es dable realizar una interpretación general de las disposiciones legales relacionadas con la materia de su consulta.
La Ley 70 de 1988 reglamentada por el Decreto 1978 de 1989, desarrolla la figura de dotación así:
«ARTÍCULO 1. Los trabajadores permanentes vinculados mediante relación legal y reglamentaria o por contrato de trabajo, al servicio de los
Ministerios, departamentos administrativos, superintendencias, establecimientos públicos, unidades administrativas especiales, empresas
industriales o comerciales de tipo oficial y sociedades de economía mixta tanto en el orden nacional como en las entidades territoriales; tendrán
derecho a que la respectiva entidad les suministre en forma gratuita, cada cuatro meses, un par de zapatos y un vestido de trabajo.

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