Concepto nº 33774, Superintendencia de Industria y Comercio, 22-03-2017 - Normativa - VLEX 792339453

Concepto nº 33774, Superintendencia de Industria y Comercio, 22-03-2017

Fecha22 Marzo 2017
EmisorSuperintendencia de Industria y Comercio (Colombia)
MateriaSERVICIOS DE COMUNICACIONES - SERVICIOS POSTALES
Bogotá D.C.,
10
Asunto: Radicación: 17-33774-1
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 1
Respetado(a) Señor (a):
[Datos personales eliminados. Ley 1581 de 2012]
Reciba cordial saludo.
De conformidad con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015, “por medio
de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”,
fundamento jurídico sobre el cual se funda la consulta objeto de la solicitud, procede
la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO a emitir un
pronunciamiento, en los términos que a continuación se pasan a exponer:
1. OBJETO DE LA CONSULTA
Atendiendo a la solicitud por usted radicada ante esta Entidad a través su
comunicación de fecha 10 de febrero de 2017 en el cual se señala:
“(…) INCUMPLIMIENTO CONTRATO DE MENSAJERIA SOLICITUD DE
INDEMNIZACIÓN Respetados señores: En mi condición de usuaria de los servicios
postales conforme la guía No. 954449877, de manera atenta solicito la
indemnización correspondiente con ocasión de los perjuicios ocasionados por la
entrega de un medicamento vital, posterior al contrato suscrito entre las partes Los
hechos que sustenta la petición son los siguientes: El día 27 de enero de 2017 la
señora Nadia Jaramillo Chujfi desde la ciudad de Pereira, en el Centro de
Soluciones (…) ubicado en el Barrio Los Alpes, remitió bajo la modalidad “cero
horas” una encomienda bajo la guía No. 954449877, la cual cont enía
medicamentos, cancelando la suma de $17.000, encomienda con destino a la
ciudad de Bogotá a la señora Juliana Gómez Jaramillo Se escogió esta modalidad
de envío, debido a la urgencia de que este medicamento llegará la ciudad de
Bogotá, ya que la madre de la señora Juliana Gómez Jaramillo, señora Claudia
Patricia Jaramillo Chujfi, requería de esta medicina de forma diaria para su
tratamiento psicológico. El medicamento que fue enviado el 27 de enero de 2017,
fue entregado en la residencia de la señora Juliana Gómez Jaramillo el día 30 de
enero de 2017, como se evidencia en la minuta de la portería a las 11 y 27. De

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