Concepto Nº 356541 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 14-11-2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 900377942

Concepto Nº 356541 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 14-11-2019

Número de radicado20196000356541
Año2019
Fecha14 Noviembre 2019
Número de oficio356541
MateriaREMUNERACIÓN,Viáticos
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 356541 de 2019 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 356541 de 2019 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20196000356541*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20196000356541
Fecha: 14/11/2019 10:41:11 a.m.
Bogotá D.C.
Referencia: REMUNERACION. VIATICOS. Reconocimiento de viáticos. Radicado: 2019-206-0035040-2 del 21 de octubre de 2019
En atención a la comunicación de la referencia, relacionada su solicitud sobre si la aplicación de lo establecido en el Decreto 1013 de 2019 por el
cual se fijan las escalas de viáticos, es extensiva a los miembros del Ejército Nacional.
Es importante tener en cuenta que el Decreto 1013 de 2019, determina lo siguiente en su artículo 1:
“ARTÍCULO 1°. A partir de la vigencia del presente decreto, fijase la siguiente escala de viáticos para los empleados públicos a que se refieren
los literales a), b) y c) del artículo 1° de la Ley 4ª de 1992, que deban cumplir comisiones de servicio en el interior o en el exterior del país:
“(…)”
Ahora bien el artículo 1 de la Ley 4 de 1992 mediante la cual se señalan las normas, objetivos y criterios que debe observar el Gobierno Nacional
para la fijación del régimen salarial y prestacional de los empleados públicos, de los miembros del Congreso Nacional y de la Fuerza Pública y
para la fijación de las prestaciones sociales de los Trabajadores Oficiales y se dictan otras disposiciones, de conformidad con lo establecido en el
artículo 150, numeral 19, literales e) y f) de la Constitución Política, señala lo siguiente:
“ARTÍCULO 1.- El Gobierno Nacional, con sujeción a las normas, criterios y objetivos contenidos en esta Ley, fijará el régimen salarial y
prestacional de:
a). Los empleados públicos de la Rama Ejecutiva Nacional, cualquiera que sea su sector, denominación o régimen jurídico;
b). Los empleados del Congreso Nacional, la Rama Judicial, el Ministerio Público, la Fiscalía General de la Nación, la Organización Electoral y la

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