Concepto Nº 358021 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 29-09-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 900336555

Concepto Nº 358021 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 29-09-2021

Número de radicado20216000358021
Año2021
Fecha29 Septiembre 2021
Número de oficio358021
MateriaEMPLEO,Empleo de Libre Nombramiento y Remoción.
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 358021 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 358021 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000358021*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000358021
Fecha: 29/09/2021 02:57:30 p.m.
Bogotá D.C.,
REFERENCIA: EMPLEOS. Naturaleza del cargo. ¿Cuál es la naturaleza jurídica del empleo de gerente público? RADICACIÓN. 20212060597402 del
26 de agosto de 2021.
Acuso recibo de su comunicación de la referencia, en la que manifiesta que se encuentra en comisión desempeñando un empleo de libre
nombramiento y remoción y que consulta a la comisión nacional del servicio civil sobre la evaluación de desempeño se le indicó que la
obligación de evaluar el desempeño laboral de los empleados de libre nombramiento y remoción de Gerencia Pública, se realizará teniendo en
cuenta los Acuerdos de Gestión, y respecto a los demás empleados de libre nombramiento y remoción, serán evaluados con los criterios y los
instrumentos que se aplican en la entidad para los empleados de carrera administrativa, por lo que realiza varios interrogantes relacionados con
la naturaleza jurídica de los empleados de libre nombramiento y remoción de gerencia pública.
Al respecto, me permito dar respuesta en los siguientes términos:
Frente a su inquietud sobre qué debe entenderse como empleados libre nombramiento y remoción de Gerencia Pública y cuál es la normatividad
que los rige, me permito señalar que la Ley 909 de 2004 establece:
“ARTÍCULO 47. Empleos de naturaleza gerencial.
1. Los cargos que conlleven ejercicio de responsabilidad directiva en la administración pública de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y
territorial tendrán, a efectos de la presente ley, el carácter de empleos de gerencia pública.
2. Los cargos de gerencia pública son de libre nombramiento y remoción. No obstante, en la provisión de tales empleos, sin perjuicio de las
facultades discrecionales inherentes a su naturaleza, los nominadores deberán sujetarse a las previsiones establecidas en el presente título.
3. La gerencia pública comprende todos los empleos del nivel directivo de las entidades y organismos a los cuales se les aplica la presente ley,

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