Concepto Nº 360111 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 03-08-2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 900377687

Concepto Nº 360111 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 03-08-2020

Número de radicado20206000360111
Año2020
Fecha03 Agosto 2020
Número de oficio360111
MateriaREMUNERACIÓN,Encargo
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 360111 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 360111 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000360111*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000360111
Fecha: 03/08/2020 06:08:31 p.m.
Bogotá D.C.
REF: REMUNERACION. Encargo. Reconocimiento y pago de la diferencia salarial en encargo. Radicado. 2020-206-0032379-2 del 22 de julio de
2020.
En atención a la comunicación de la referencia, mediante la cual solicita alcance de las consultas de radicado número 20126000188201 del 3 de
diciembre de 2012 y lo dispuesto en el concepto de radicado número 20196000169761 del 28 de mayo de 2019, me permito dar respuesta a la
misma en los siguientes términos:
Mediante escrito de 2012, la Unidad Nacional de Protección consultó: Si un ex servidor del Departamento Administrativo de Seguridad DAS en
proceso de supresión que haya sido incorporado en la Unidad Nacional de Protección, que tenga derecho preferencial a ser encargado en un
empleo vacante en esta entidad (que no haya sido objeto de equivalencia por el Decreto 4067 de 2011) y que cumpla con todos los requisitos
establecidos para tal fin ¿conserva los beneficios salariales y prestacionales a que se refiere el artículo 3 del Decreto 4067 de 31 de octubre de
2011 al momento de ser encargado? (subraya fuera de texto)
Teniendo en cuenta la particular normativa que rige la vinculación de los ex servidores públicos del DAS en liquidación, y que fue ampliamente
desarrollada en el concepto de radicado No. 20126000188201 del 3 de diciembre de 2012, esta Dirección Jurídica conceptuó lo siguiente:
“Con relación a la figura del encargo, se precisa lo siguiente:
El artículo 18 del Decreto 2400 de 1968, por el cual se modifican las normas que regulan la administración del personal civil y se dictan otras
disposiciones, consagra:
“ARTÍCULO 18. Los empleados vinculados regularmente a la administración pueden encontrarse en las siguientes situaciones administrativas: en
uso de licencia o permiso; en comisión; ejerciendo las funciones de un empleo por encargo; prestando servicio militar obligatorio, o en servicio
activo”. (Subrayado fuera de texto)

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