Concepto Nº 363231 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 04-08-2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 900376443

Concepto Nº 363231 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 04-08-2020

Número de radicado20206000363231
Año2020
Fecha04 Agosto 2020
Número de oficio363231
MateriaPERSONERO,Designación
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 363231 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 363231 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000363231*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000363231
Fecha: 04/08/2020 02:02:32 p.m.
Bogotá D.C.
REF: PERSONERO – Designación. Vacancia temporal del personero. RAD N° 20202060289072 del 07 de julio de 2020.
Me refiero a su comunicación remitida por la procuraduría General de la Nación, por medio de la cual consulta, si por alguna situación el
personero municipal es suspendido temporalmente, cuál sería el procedimiento para su remplazo teniendo en cuenta que no es vacancia
definitiva, en atención a la misma me permito indicarle:
En cuanto a la elección del personero, la Constitución Política dispuso:
ARTÍCULO 313. Corresponde a los concejos (…)
8. Elegir Personero para el período que fije la ley y los demás funcionarios que ésta determine.
Igualmente, el artículo 35 de la Ley 1551 de 2012, que a su vez modificó el artículo 170 de la Ley 136 de 1994, desarrolla el tema de la elección
de los personeros en los siguientes términos:
“ARTÍCULO 35. El artículo 170 de la Ley 136 de 1994 quedará así:
ARTÍCULO 170. Elección. Los Concejos Municipales o distritales según el caso, elegirán personeros para periodos institucionales de cuatro (4)
años, dentro de los diez (10) primeros días del mes de enero del año en que inicia su periodo constitucional, previo concurso público de méritos
que realizará la Procuraduría General de la Nación (expresión tachada declarada inexequible por la Corte Constitucional en Sentencia
C-105/2013), de conformidad con la ley vigente. Los personeros así elegidos, iniciarán su periodo el primero de marzo siguiente a su elección y
lo concluirán el último día del mes de febrero del cuarto año. (…)

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