Concepto Nº 375751 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 13-10-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 900330477

Concepto Nº 375751 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 13-10-2021

Año2021
Fecha13 Octubre 2021
Número de oficio375751
MateriaJORNADA LABORAL,Jornada Laboral
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 375751 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 375751 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000375751*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000375751
Fecha: 13/10/2021 05:12:22 p.m.
Bogotá D.C
REF: JORNADA LABORAL-Jornada de trabajo. Inspector de policía. Radicación No. 20212060628272 de fecha 16 de Septiembre de 2021.
En atención al escrito de la referencia, mediante el cual consulta si debe comunicar que saldrá del municipio un fin de semana al ser inspector
de policía o si debe solicitar permiso a sabiendas que por decreto municipal su horario esta de lunes a viernes, me permito manifestarle lo
siguiente:
Inicialmente es importante destacar que este Departamento en ejercicio de sus funciones contenidas en el Decreto 430 de 2016, realiza la
interpretación general de las disposiciones legales relacionadas con el empleo público y la administración de personal; sin embargo, no le
corresponde la valoración de los casos particulares, y carece de competencia para ordenar el reconocimiento de derechos; tampoco funge como
entre de control ni es el competente para decidir sobre la legalidad de las actuaciones de las entidades del estado o de los servidores públicos,
competencia atribuida a los jueces de la república.
Así las cosas, solo es dable realizar una interpretación general de las disposiciones legales relacionadas con la materia de su consulta. Al
respecto, frente a las atribuciones establecidas para el cargo de inspector de policía, la Ley 1801 de 2016, por la cual se expide el Código
Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, dispuso:
“ARTÍCULO 198. AUTORIDADES DE POLICÍA. Corresponde a las autoridades de Policía el conocimiento y la solución de los conflictos de
convivencia ciudadana.
Son autoridades de Policía:
(…)
3. Los Alcaldes Distritales o Municipales.
4. Los inspectores de Policía y los corregidores.

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