Concepto Nº 376311 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 03-12-2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 900381526

Concepto Nº 376311 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 03-12-2019

Número de radicado20196000376311
Año2019
Fecha03 Diciembre 2019
Número de oficio376311
MateriaINHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES,Concejal
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 376311 de 2019 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 376311 de 2019 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20196000376311*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20196000376311
Fecha: 03/12/2019 09:59:32 a.m.
Bogotá D.C.
REFERENCIA: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES – Concejal que renunció a su curul puede ser nombrado en cargo público – Aplicación de la
Ley 1952 de 2019, nuevo código disciplinario - RADICACION: 20199000384032 del 22 de noviembre 2019.
En atención a la comunicación de la referencia, remitida a este Departamento Administrativo por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil,
mediante la cual consulta si existe inhabilidad o incompatibilidad para ser nombrada en un cargo de libre nombramiento y remoción en el
Municipio de San Jacinto, a la luz de la Ley 1952 de 2019 - Nuevo Código disciplinario, teniendo en cuenta que se desempeñó hasta el 28 de
febrero de 2019 fecha en la que presentó renuncia al cargo de concejal del mismo municipio, me permito manifestar lo siguiente:
Es importante iniciar mencionando que el 28 de enero del presente año, el Presidente de la República sancionó la Ley 1952 del 2019, Por medio
de la cual se expide el código general disciplinario se derogan la ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la ley 1474 de 2011 relacionadas
con el derecho disciplinario.
Sobre la entrada en vigencia de la mencionada ley, su artículo 265 señaló que entraría a regir cuatro (4) meses después de su sanción y
publicación, es decir a partir del 28 de mayo de 2019, momento en el cual se entendería derogada la Ley 734 del 2002, algunos artículos de la
Ley 1474 del 2011 y el Decreto Ley 262 del 2000.
No obstante a lo anterior, con el artículo 140 de la Ley 1955 de 2019, Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. “Pacto por
Colombia, Pacto por la Equidad”, se prorrogó la entrada en vigencia del código disciplinario hasta el 1° de julio de 2021. Por lo tanto, dicha
norma aún no está vigente.
Ahora bien, respecto de las incompatibilidades de los miembros de las corporaciones públicas, la Constitución Política señala:
“ARTICULO 291. Los miembros de las corporaciones públicas de las entidades territoriales no podrán aceptar cargo alguno en la administración
pública, y si lo hicieren perderán su investidura.

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