Concepto Nº 381681 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 22-10-2021
Número de radicado | 20216000381681 |
Año | 2021 |
Fecha | 22 Octubre 2021 |
Número de oficio | 381681 |
Materia | TRABAJO EN CASA,Entidades Territoriales |
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 381681 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 381681 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000381681*
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Radicado No.: 20216000381681
Fecha: 22/10/2021 11:16:11 a.m.
Bogotá D.C.
REFERENCIA. TRABAJO EN CASA. Implementación de las disposiciones de la Ley 2088 de 2021. Alcalde Municipal RADICACIÓN. 20219000628432
del 16 de septiembre de 2021.
En atención a la comunicación de la referencia, mediante la cual consulta si el trabajo en casa regulado en la Ley 2088 de 2021 es aplicable al
Alcalde Municipal y quien debe autorizarlo, me permito manifestarle lo siguiente:
La Ley 2088 de 2021 "Por la cual se regula el trabajo en casa y se dictan otras disposiciones”, dispone:
“ARTÍCULO 1. Objeto y campo de aplicación. La presente ley tiene por objeto regular la habilitación de trabajo en casa como una forma de
prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, que se presenten en el marco de una relación laboral, legal y
reglamentaria con el Estado o con el sector privado, sin que conlleve variación de las condiciones laborales establecidas o pactadas al inicio de
la relación laboral
PARÁGRAFO. La presente ley no será aplicable a quienes se encuentren cobijados por regímenes especiales de orden constitucional o legal en
atención al desempeño de sus funciones siempre y cuando estas sean incompatibles con el trabajo en casa.
ARTÍCULO 9. Procedimientos necesarios para la implementación del Trabajo en Casa. Previo a la implementación del trabajo en casa, toda
empresa y entidad pública o privada deberá contar con un procedimiento tendiente a proteger este derecho y garantizar a través de las
capacitaciones a que haya lugar el uso adecuado de las tecnologías de la información y la comunicación - TIC o cualquier otro tipo de elemento
utilizado que pueda generar alguna limitación al mismo.
Para dar inicio a esta habilitación, el empleador deberá notificar por escrito a sus trabajadores acerca de la habilitación de trabajo en casa, y en
dicha comunicación, se indicará el periodo de tiempo que el trabajador estará laborando bajo esta habilitación.
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