Concepto Nº 392921 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 17-12-2019
Número de radicado | 20196000392921 |
Año | 2019 |
Fecha | 17 Diciembre 2019 |
Número de oficio | 392921 |
Materia | CONTROL INTERNO DE GESTIÓN,Jefe de Control Interno |
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 392921 de 2019 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 392921 de 2019 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20196000392921*
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Radicado No.: 20196000392921
Fecha: 17/12/2019 03:40:57 p.m.
Bogotá D.C.
REF: EMPLEO – Empleo de Periodo. Nombramiento de asesor de Control Interno RAD No 20199000388962 del 27 de noviembre de 2019.
En atención a su oficio de la referencia, mediante la cual consulta sobre es procedente realizar nombramiento al asesor de control interno
de una ESE en un cargo en provisionalidad, respecto a la solicitud me permito informarle lo siguiente:
Por su parte, de conformidad con lo previsto en el literal d) del numeral 2.) del artículo 38 de la Ley 489 de 1998, las Empresas Sociales del
Estado ESE hacen parte del sector descentralizado por servicios de la Rama Ejecutiva del poder público, en consecuencia, las disposiciones
del artículo 8 de la Ley 1474 de 2011 aplican a las empresas sociales del Estado.
“ARTÍCULO 8. Designación de responsable del control interno. Modifíquese el artículo 11 de la Ley 87 de 1993, que quedará así:
Para la verificación y evaluación permanente del Sistema de Control, el Presidente de la República designará en las entidades estatales de
la rama ejecutiva del orden nacional al jefe de la Unidad de la oficina de control interno o quien haga sus veces, quien será de libre
nombramiento y remoción.
Cuando se trate de entidades de la rama ejecutiva del orden territorial, la designación se hará por la máxima autoridad administrativa de la
respectiva entidad territorial. Este funcionario será designado por un período fijo de cuatro años, en la mitad del respectivo período del
alcalde o gobernador.
PARÁGRAFO 1. Para desempeñar el cargo de asesor, coordinador o de auditor interno se deberá acreditar formación profesional y
experiencia mínima de tres (3) años en asuntos del control interno.”
Como se puede observar en la norma, la designación del responsable del control interno de las entidades de la rama ejecutiva del orden
nacional se encuentra en cabeza del presidente de la Republica y su nombramiento será de libre nombramiento y remoción.
Así mismo, la designación del jefe de control interno para las entidades públicas que conforman la Rama Ejecutiva del poder público en el
nivel territorial, se realiza, por la máxima autoridad administrativa y se clasifica como un empleo de período de cuatro años, nombrado en la
mitad del respectivo período del alcalde o gobernador.
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