Concepto Nº 394891 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 17-11-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 909183992

Concepto Nº 394891 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 17-11-2021

Número de radicado20216000394891
Año2021
Fecha17 Noviembre 2021
Número de oficio394891
MateriaREMUNERACIÓN,Prima Mensual
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 394891 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 394891 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000394891*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000394891
Fecha: 17/11/2021 03:27:43 p.m.
Bogotá D.C.
REF.: REMUNERACIÓN. Prima mensual empleados de la Procuraduría General de la Nación Decreto 1544 de 2020. RAD.: 20219000655272
del 05-10-2021.
Acuso recibo comunicación, mediante la cual informa que, la Procuraduría General de la Nación le aplicó el incremento salarial creada
mediante el Decreto 1544 de 2020, únicamente sobre la “asignación básica mensual”, asumiendo que como su salario total consta de dicha
asignación básica más el factor correspondiente a la prima de antigüedad, según apreció del contenido literal del Decreto 1544, así debería
hacerlo, lo que resultó en un pírrico aumento a su favor porque el factor prima de antigüedad no se aplicó a esa nueva base salarial,
ignorando que para quienes aún se rigen por el régimen salarial con prima de antigüedad, como en su caso, dichos conceptos, asignación
básica y prima de antigüedad son inescindibles, inseparables, indivisibles y no puede ignorarse este último (prima de antigüedad) cuando la
asignación básica se modifica.
Con base en la anterior información solicita que se determine si el Decreto 1544 del 20 de Noviembre de 2020 en su caso fue aplicado
correctamente, conceptuar sobre la materia y comunicar dicha posición oficial a la Procuraduría General de la Nación para que se adopten
los correctivos necesarios y se le pague lo que legalmente le corresponde.
Previo al estudio y análisis del tema, se precisa que este Departamento Administrativo no tiene dentro de sus atribuciones, la de determinar
si las actuaciones de las entidades del Estado en relación con los servidores pertenecientes a la correspondiente planta de personal, son o
no correctas, razón por la cual no será procedente un pronunciamiento al respecto.
Ahora bien, en relación con el tema materia de consulta, el Decreto 1544 de 2020 “Por el cual se crea una prima mensual para unos
servidores de la Procuraduría General de la Nación.”, señala:
“ARTÍCULO 1. Prima mensual. Crear, para los empleos que se señalan a continuación: asesor 1AS grado 19, tesorero 2TE grado 21,
profesionales universitarios 3PU grados 15, 16, 17, 18, 19, coordinador administrativo 3CA grado 17 y para los empleos pertenecientes a los
niveles técnico, administrativo y operativo de la Procuraduría General de la Nación, una prima mensual, equivalente al cinco, punto quince
por ciento (5.15%) de la asignación básica mensual que corresponda al servidor en la fecha en que se cause el derecho a percibirla.
La prima se pagará mensualmente y constituirá factor salarial para todos los efectos.
Cuando el servidor no labore el mes completo tendrá derecho al pago proporcional de la misma.”
En los términos de la disposición transcrita se evidencia que la prima mensual, creada para los empleos de la Procuraduría General de la
Nación relacionados en dicha disposición, entre los cuales figuran los del nivel técnico, al que según informa, pertenece el de Sustanciad
4SU11 del cual es titular, equivale al cinco, punto quince por ciento (5.15%) de la asignación básica mensual, es decir que, no aplica a
ningún otro facrto salarial distinto a la asignación básica mensual del empleo en que se viene desempeando el empleado destinatario de la
misma; razón por la cual en criterio de esta Dirección Jurídica, para su reconocimiento y pago no será procedente tener en cuenta la prima
de antigüedad, como lo sugiere el consultante, por cuanto se trata de un factor salarial independiente de la asignación básica mensual que
corresponde al servidor en la fecha en que se cause el derecho a percibir dicho beneficio.
Para mayor información relacionada con los temas de este Departamento Administrativo, le sugerimos ingresar a la página web
www.funcionpublica.gov.co/eva en el link “Gestor Normativo” donde podrá consultar entre otros temas, los conceptos emitidos por esta

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