Concepto Nº 395931 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 19-12-2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 900376123

Concepto Nº 395931 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 19-12-2019

Número de radicado20196000395931
Año2019
Fecha19 Diciembre 2019
Número de oficio395931
MateriaREMUNERACIÓN,Reconocimiento
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 395931 de 2019 Departamento
Administrativo de la Funcion Publica
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 395931 de 2019 Departamento Administrativo de la
Funcion Publica
*20196000395931*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20196000395931
Fecha: 19/12/2019 08:59:55 a.m.
Bogotá D.C.
REF.: REMUNERACIÓN. Reconocimiento de prima técnica por cualquiera de los criterios legales y servidores destinatarios de la misma. RAD.:
20199000404372 del 11-12-19.
Acuso recibo comunicación, mediante la cual, en su condición de asesora de la Subdirección del Departamento Nacional de Estadísticas,
consulta si es procedente acceder al benef‌icio de la prima técnica de que trata el Decreto 1164 de 2012 (evaluación del desempeño
laboral).
El Decreto 1336 de 2003, por el cual se modif‌ica el régimen de Prima Técnica para los empleados públicos del Estado, señala:
“ARTÍCULO . ( Modif‌icado por el Decreto 2177 de 2006, Art. 2º ) La prima técnica establecida en las disposiciones legales vigentes, solo
podrá asignarse por cualquiera de los criterios existentes, a quienes estén nombrados con carácter permanente en los cargos del nivel
Directivo, Jefes de Of‌icina Asesora y a los de Asesor cuyo empleo se encuentre adscrito a los despachos de los siguientes funcionarios:
Ministro, Viceministro, Director de Departamento Administrativo, Superintendente y Director de Unidad Administrativa especial o sus
equivalentes en los diferentes órganos y Ramas del Poder Público.”
El Decreto 2177 de 2006, por el cual se establecen modif‌icaciones a los criterios de asignación de prima técnica y se dictan otras
disposiciones sobre prima técnica, señala:
“ARTÍCULO 1. Modif‌icase el artículo 3° del Decreto 2164 de 1991, modif‌icado por el artículo 1° del Decreto 1335 de 1999, el cual quedará
así:
“ARTÍCULO . Criterios para asignación de prima técnica. Para tener derecho a Prima Técnica, además de ocupar un cargo en uno de los
niveles señalados en el artículo 1 ° del Decreto 1336 de 2003, adscritos a los Despachos citados en la mencionada norma, incluyendo el
Despacho del Subdirector de Departamento Administrativo, será tenido en cuenta uno de los siguientes criterios:
a). Título de estudios de formación avanzada y cinco (5) años de experiencia altamente calif‌icada.
b). Evaluación del desempeño.

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