Concepto Nº 396501 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 19-12-2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 900381476

Concepto Nº 396501 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 19-12-2019

Número de radicado20196000396501
Año2019
Fecha19 Diciembre 2019
Número de oficio396501
MateriaINHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES,Prohibición de Desempeñar Simultáneamente más de un Empleo Publico,Prohibicion de Desempe?ar Simultaneamente mas de un Empleo Publico
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 396501 de 2019 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 396501 de 2019 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20196000396501*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20196000396501
Fecha: 19/12/2019 02:41:29 p.m.
Bogotá D.C.
REF: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. Prohibición para ejercer más de un empleo público. Empleo en Colombia y Venezuela. RAD.
20192060401522 del 9 de diciembre de 2019.
En la comunicación de la referencia, informa que el Instituto Departamental de Salud comunicó a esa ESE los resultados de las plazas de servicio
social obligatorio, entre la cuales se encontraba una enfermera, a quien se le dio posesión el 5 de junio de 2019. El 10 de junio solicita a la ESE
licencia no remunerada por 56 días, a partir de esa fecha y hasta el 4 de agosto de 2019 expresando como motivo ser servidora pública en
Venezuela, tener licencia de maternidad remunerada en ese país y la necesidad de atender a su hijo de dos meses de nacido. Manifiesta que esa
Empresa de Salud Estatal desconocía esta situación al momento de su posesión y agrega que la señora pertenecía al régimen subsidiado en la
EPS ECOOPSOS, quien no le otorgó ninguna incapacidad o licencia de maternidad en Colombia.
Con base en la situación expuesta, consulta:
1. ¿La señora puede estar vinculada como servidora pública en dos países a la vez?
2. ¿La ESE IMSALUD puede conceder la licencia no remunerada de la señora?
3. ¿La ESE IMSALUD debe pagar la licencia de maternidad a la señora sin que la EPS ECOOPSOS le haya otorgado alguna por ser del régimen
subsidiado?
La Constitución Política de Colombia señala:
“ARTÍCULO 99. La calidad de ciudadano en ejercicio es condición previa e indispensable para ejercer el derecho de sufragio, para ser elegido y
para desempeñar cargos públicos que lleven anexa autoridad o jurisdicción.”

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR