Concepto Nº 401671 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 02-01-2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 900375910

Concepto Nº 401671 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 02-01-2020

Número de radicado20196000401671
Año2019
Fecha02 Enero 2020
Número de oficio401671
MateriaEMPLEO,Asignación de Funciones
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 401671 de 2019 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 401671 de 2019 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20196000401671*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20196000401671
Fecha: 02/01/2020 04:37:44 p.m.
Bogotá D.C.
Referencia: EMPLEO. Funciones. Radicado: 20199000397462 del 5 de diciembre de 2019.
En atención a la comunicación de le referencia en la cual eleva consulta relacionada con la asignación de funciones operativas en cargos del
nivel profesional se da respuesta en los siguientes términos:
El artículo 122 de la Constitución Política, establece:
“No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere
que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente”. (Subrayado fuera de
texto)
A su vez, la Ley 909 de 2004, por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se
dictan otras disposiciones, señala lo siguiente:
“ARTÍCULO 19.- El empleo público.
1. El empleo público es el núcleo básico de la estructura de la función pública objeto de esta ley. Por empleo se entiende el conjunto de
funciones, tareas y responsabilidades que se asignan a una persona y las competencias requeridas para llevarlas a cabo, con el propósito
de satisfacer el cumplimiento de los planes de desarrollo y los f‌ines del Estado.
2. El diseño de cada empleo debe contener:
a) La descripción del contenido funcional del empleo, de tal manera que permita identif‌icar con claridad las responsabilidades exigibles a
quien sea su titular;
b) El perf‌il de competencias que se requieren para ocupar el empleo, incluyendo los requisitos de estudio y experiencia, así como también
las demás condiciones para el acceso al servicio. En todo caso, los elementos del perf‌il han de ser coherentes con las exigencias funcionales
del contenido del empleo;

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