Concepto Nº 407541 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 19-08-2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 900376013

Concepto Nº 407541 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 19-08-2020

Número de radicado20206000407541
Año2020
Fecha19 Agosto 2020
Número de oficio407541
MateriaINHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES,Alcalde
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 407541 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 407541 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000407541*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000407541
Fecha: 19/08/2020 05:27:39 p.m.
Bogotá D.C.
REF: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. Alcalde local de Bogotá. Inhabilidad por parentesco con alcalde local. RAD. 0209000368942 del 5
de agosto de 2020.
En la comunicación de la referencia, solicita le sean absueltas las siguientes inquietudes:
1. Si constituye inhabilidad para la posesión del cargo como Alcaldesa Local el hecho de ser compañera permanente de una persona nombrada
como Alcalde Local encargado en una localidad diferente a la cuál haya sido elegido en cumplimiento del proceso contemplado en el artículo 84
del Decreto Ley 1421 de 1993.
2. Si constituye inhabilidad para integrar la terna para la elección como Alcalde Local el hecho de ser compañero permanente de una persona
que se desempeña como Alcalde local Encargado de otra localidad diferente a la de la postulación.
Sobre las inquietudes planteadas, me permito manifestarle lo siguiente:
Frente a las inhabilidades aplicables a los alcaldes locales, el artículo 84 del Decreto 1421 de 1993 “por el cual se dicta el régimen especial para
el Distrito Capital de Santafé de Bogotá” señala:
“ARTICULO 84. NOMBRAMIENTO. Los alcaldes locales serán nombrados por el alcalde mayor de terna elaborada por la correspondiente junta
administradora.
Para la integración del tema se empleará el sistema del cuociente electoral. Su elaboración tendrá lugar dentro de los ocho (8) días iniciales del
primer período de sesiones de la correspondiente junta.

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