Concepto Nº 424701 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 27-08-2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 900376905

Concepto Nº 424701 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 27-08-2020

Número de radicado20206000424701
Año2020
Fecha27 Agosto 2020
Número de oficio424701
MateriaJUSTICIA PENAL MILITAR Y POLICIAL,Competencia
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 424701 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 424701 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000424701*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000424701
Fecha: 27/08/2020 11:11:10 a.m.
Bogotá D.C.
REF: ENTIDADES. Competencias. RAD. 20202060390002 del 14 de agosto de 2020.
En la comunicación de la referencia, solicita se absuelvan las siguientes inquietudes:
1. En el entendido que el artículo 129 de la Ley 1765 del 2015, de manera expresa deroga los artículos 61 y 62 del Decreto 1512 de 2000 y el
artículo 3° de la Ley 940 de 2005, ¿el Consejo Asesor de la Justicia Penal Militar y Policial se encuentra vigente de acuerdo con el concepto
emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública 2016-206-021889-2 del 12 agosto de 2016?
2. El Consejo Directivo establecido en los artículos 49, 50 y 51 de la Ley 1765 de 2015, entrará en funcionamiento una vez se haya
implementado la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial. De considerar que el Consejo Asesor de la JPMP fue
derogado por la norma anteriormente mencionada, y a la fecha no se ha implementado la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal
Militar y Policial ¿Cuál es el órgano que tendría la facultad de recomendar las políticas, directrices, planes y programas en materia de
administración de la Justicia Penal Militar a la actual Dirección Ejecutiva de la JPMP?
3. ¿Podría el Ministro de Defensa Nacional conformar un órgano de asesoría con las mismas funciones de conformidad con lo dispuesto por el
numeral 7, artículo 2 del Decreto 4890 de 2011?
Sobre las inquietudes planteadas, me permito informarle que esta solicitud fue resuelta mediante el concepto con radicado No.
20206000350431 del 30 de julio de 2020, que se adjunta al presente oficio y en el que se concluyó lo siguiente:
“Con base en los argumentos expuestos, esta Dirección Jurídica concluye lo siguiente:
1. Como se indicó en conceptos previamente emitidos por este Departamento, la Dirección Ejecutiva de la Justicia Penal Militar continuará con la
administración y dirección de la Justicia Penal Militar hasta el momento en que entre en funcionamiento la Unidad Administrativa Especial de la

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