Concepto nº 429165, Superintendencia de Industria y Comercio, 28-10-2021 - Normativa - VLEX 883950290

Concepto nº 429165, Superintendencia de Industria y Comercio, 28-10-2021

Fecha28 Octubre 2021
MateriaPROPIEDAD INDUSTRIAL - SIGNOS DISTINTIVOS
EmisorSuperintendencia de Industria y Comercio (Colombia)
Bogotá, D.C.,
10
Respetado(a) señor (a):
[Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012]
Asunto: Radicación: 21-429165- -1-0
Trámite: 113
Evento:
Actuación: 440
Folios: 19
De conformidad con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015, por
medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un
título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso
Administrativo”, fundamento jurídico sobre el cual se funda la consulta objeto de la
solicitud, procede la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO a
emitir un pronunciamiento, en los términos que a continuación se pasan a
exponer:
1. OBJETO DE LA CONSULTA
Atendiendo a la solicitud por usted radicada ante esta Entidad, el pasado 28 de
octubre, en la cual realiza la siguiente consulta:
Deseo conocer como registrar mi marca de ropa y productos.
Sobre la situación expuesta, nos permitimos realizar las siguientes precisiones:
2. CUESTIONES PREVIAS
2.1. Respecto de la competencia de la Oficina Jurídica de la SIC
De conformidad con el numeral 2 del artículo 7 del Decreto 4886 de 2011, es
función de la Oficina Jurídica de la Superintendencia de Industria y Comercio la
de:
“2. Absolver las consultas que en materia jurídica hagan el público en
general y las dependencias de la entidad, en los temas de competencia
de la Superintendencia de Industria y Comercio, en los términos del
artículo 25 del Código Contencioso Administrativo o la norma que lo
modifique o sustituya.”
En consecuencia, es necesario establecer si el objeto de su petición está
relacionado con alguna de las competencias que ejerce la Superintendencia de
Industria y Comercio.
2.2. Facultades de la Superintendencia de Industria y Comercio en materia de
Propiedad Industrial
La Superintendencia de Industria y Comercio, funge como administradora del
Sistema Nacional de Propiedad Industrial y como Oficina Nacional Competente en
la materia, tal y como se dispone en el numeral 57 del artículo 1 del Decreto 4886
de 2011, así como en el artículo 273 de la Decisión 486 de 2000 de la Comunidad
Andina (esta norma constituye el régimen común en materia de Propiedad
Industrial aplicable en Colombia).
Ahora bien, en ejercicio de dicha facultad, la Superintendencia de Industria y
Comercio, a través de la Delegatura para la Propiedad Industrial y el Despacho del
Superintendente de Industria y Comercio, lleva a cabo las siguientes funciones:
- Llevar el registro, tramitar y decidir las solicitudes de registro, depósito,
declaración o reconocimiento (según sea el caso) de Signos Distintivos y Nuevas
Creaciones, es decir, de marcas, lemas, enseñas y nombres comerciales,
denominaciones de origen, patentes de invención, patentes de modelo de utilidad,
esquemas de trazado de circuitos integrados y diseños industriales, así como
tramitar las demás actuaciones posteriores al registro (como afectaciones o
modificaciones).
- Decidir sobre las licencias, cancelaciones y caducidades (según sea el
caso) sobre los Signos Distintivos y Nuevas Creaciones referenciados
anteriormente.
- Decidir las solicitudes de revocatoria directa así como los recursos que se
presenten en contra de las resoluciones por medio de las cuales se conceden o
niegan el registro, depósito o declaración y reconocimiento (según sea el caso) de
los Signos Distintivos y Nuevas Creaciones referenciadas anteriormente.
Por otra parte, la Delegatura también cuenta con el Grupo del Centro de
Información Tecnológica y Apoyo a la Gestión de la Propiedad Industrial
(“CIGEPI”), que entre otras funciones, presta un servicio gratuito de orientación en

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