Concepto Nº 445341 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 08-09-2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 900334298

Concepto Nº 445341 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 08-09-2020

Número de radicado20206000445341
Año2020
Fecha08 Septiembre 2020
Número de oficio445341
MateriaEMPLEO,Nombramiento
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 445341 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 445341 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000445341*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000445341
Fecha: 08/09/2020 11:36:38 a.m.
Bogotá D.C.
REF: EMPLEO. Procedimiento de nombramiento, aceptación y posesión de empleado público. Viabilidad de tomar posesión durante el período
prorrogado. RAD. 20209000431482 del 04 de septiembre de 2020.
En atención al oficio de la referencia, mediante el cual informa que solicitó prórroga de 90 días para posesionarse, la cual fue aceptada por la
Alcaldía Municipal de Cartago Valle, no obstante, desaparecieron las causas que le impedían posesionarse, por lo cual, solicitó a la
administración tomar posesión, y la misma le fue negada, respondiéndole con el argumento que usted había solicitado una prórroga por 90 días
y debía esperar hasta el día señalado en la aceptación de la prórroga, esto es 21 de diciembre de 2020, que el motivo era para no vulnerar los
derechos de quien estaba ejerciendo la función pública de manera provisional, se pregunta si su petición está respaldada por la normativa y
leyes vigentes, me permito manifestarle lo siguiente.
El Decreto 1083 de 2015, Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector de la Función Pública, dispone:
«ARTÍCULO 2.2.6.21 Envío de lista de elegibles en firme. En firme la lista de elegibles la Comisión Nacional del Servicio Civil enviará copia al jefe
de la entidad para la cual se realizó el concurso, para que dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles y en
estricto orden de mérito se produzca el nombramiento en período de prueba en el empleo objeto del concurso, el cual no podrá ser provisto bajo
ninguna otra modalidad, una vez recibida la lista de elegibles.
ARTÍCULO 2.2.6.22 Retiro de lista de elegibles. Quien sea nombrado y tome posesión del empleo para el cual concursó, con base en una lista de
elegibles, se entenderá retirado de ésta, como también aquel que sin justa causa no acepte el nombramiento.»
ARTÍCULO 2.2.5.1.6 Comunicación y término para aceptar el nombramiento. El acto administrativo de nombramiento se comunicará al
interesado por escrito, a través de medios físicos o electrónicos, indicándole que cuenta con el término de diez (10) días para manifestar su
aceptación o rechazo. (Subrayado y negrilla nuestro)
ARTÍCULO 2.2.5.1.7 Plazos para la posesión. Aceptado el nombramiento, la persona designada deberá tomar posesión del empleo dentro de los

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