Concepto Nº 451371 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 10-09-2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 900380539

Concepto Nº 451371 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 10-09-2020

Número de radicado20206000451371
Fecha10 Septiembre 2020
Número de oficio451371
MateriaESTADO DE EMERGENCIA ECONÓMICA, SOCIAL Y ECOLÓGICA,COVID-19
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 451371 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 451371 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000451371*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000451371
Fecha: 10/09/2020 06:29:24 p.m.
Bogotá D.C.
REFERENCIA: REMUNERACION-Auxilio de Transporte. Radicación No. 20202060382372 del 12 de Agosto de 2020.
En atención a la comunicación de la referencia, mediante el cual consulta si tiene derecho o no a recibir el subsidio de transporte pues es
empleada de la alcaldía municipal de Buenavista, Sucre con una asignación salarial mensual inferior y/o igual a dos salarios mínimos, me
permito manifestarle lo siguiente:
El Decreto 2361 del 26 de diciembre de 2019, que establece el auxilio de transporte para el año 2020, señala:
“ARTÍCULO 1. Auxilio de transporte para 2020. Fijar a partir del primero (1) de enero de dos mil veinte (2020), el auxilio de transporte a que
tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devenguen hasta dos (2) veces el Salario Mínimo Legal Mensual
Vigente, en la suma de CIENTO DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS ($102.854.oo) mensuales, que se pagará por los
empleadores en todos los lugares del país, donde se preste el servicio público de transporte.”
De conformidad con lo anterior, el auxilio de transporte se pagará por los empleadores en todos los lugares del país donde se preste el servicio
público de transporte, a los servidores públicos y trabajadores particulares que devenguen hasta dos (2) veces el salario mínimo legal mensual
vigente, y tiene por f‌inalidad subsidiar los gastos que ocasiona el transporte desde su residencia al sitio de trabajo y de éste nuevamente a la
residencia del empleado.
Aunado a lo anterior, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1250de 2017, “Por el cual se establecen los criterios para el reconocimiento y
pago del auxilio de transporte en el orden territorial”, el cual señala lo siguiente:
“ARTÍCULO 1. Criterios Para El Reconocimiento Y Pago Del Auxilio De Transporte En Entidades Del Nivel Territorial. Establecer los siguientes
criterios para el reconocimiento y pago del auxilio de transporte para los empleados públicos de las entidades del sector central y
descentralizado de la Rama Ejecutiva del orden territorial, las asambleas departamentales, los concejos distritales y municipales, las contralorías
territoriales y las personerías distritales y municipales, en los cuales no se preste el servicio público de transporte, así:

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