Concepto Nº 457061 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 14-09-2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 900377376

Concepto Nº 457061 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 14-09-2020

Número de radicado20206000457061
Año2020
Fecha14 Septiembre 2020
Número de oficio457061
MateriaINHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES,Empleado Publico,Empleado Público
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 457061 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 457061 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000457061*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000457061
Fecha: 14/09/2020 06:12:08 p.m.
Bogotá D.C.
REF: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. Empleado Público. Prórroga del nombramiento provisional de un pariente (cuñado) del director de
una Corporación Autónoma Regional. RAD.: 20209000389682 del 14 de agosto 2020.
En atención a la comunicación de la referencia, en la cual consulta si es posible que se realice la prórroga del nombramiento provisional de un
pariente (cuñado) del director de una Corporación Autónoma Regional, me permito manifestarle lo siguiente:
EL ARTÍCULO 25 de la le Ley 909 de 2004 establece:
“ARTÍCULO 25. Provisión de los empleos por vacancia temporal. Los empleos de carrera cuyos titulares se encuentren en situaciones
administrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas
situaciones, cuando no fuere posible proveerlos mediante encargo con servidores públicos de carrera.”
De acuerdo con lo anterior, es viable concluir que en el evento que se presenten vacancias temporales o definitivas en empleos considerados de
carrera administrativa, la figura del encargo se debe aplicar para los empleados públicos con derechos de carrera administrativa, en ese sentido,
el nombramiento en provisionalidad procede, siempre que dentro de la planta de personal de la entidad no haya empleados con derechos de
carrera administrativa que cumplan con los requisitos para ser encargados.
De igual forma, el Decreto 2.2.5.3.3. del Decreto 1083 de 2015, dispone que de acuerdo con lo establecido en la Ley 909 de 2004, en caso de
vacancias temporales los empleos de carrera podrán ser provistos mediante nombramiento provisional cuando no fuere posible proveerlos por
medio de encargo con servidores públicos de carrera, por el término que duren las situaciones administrativas que las originaron.
Teniendo en cuenta que el Consejo de Estado mediante Auto del 5 de mayo de 2014 dispuso declarar la suspensión provisional de los apartes
acusados del artículo 1° del Decreto 4968 de 2007 y la Circular 005 de 2012 de la Comisión Nacional del Servicio Civil, cuyos efectos son de
obligatorio cumplimiento, esa Comisión ha informado mediante la Circular No. 003 del 11 de junio de 2014, que a partir del 12 de junio de 2014,
no otorgará autorizaciones para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR