Concepto Nº 462861 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 16-09-2020
Número de radicado | 20206000462861 |
Año | 2020 |
Fecha | 16 Septiembre 2020 |
Número de oficio | 462861 |
Materia | EMPLEO,Empleados Provisionales |
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 462861 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 462861 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000462861*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000462861
Fecha: 16/09/2020 05:34:23 p.m.
Bogotá D.C.
Referencia: SITUACIONES ADMINSITRATIVAS. Encargo. ¿Es procedente otorgar encargo a un empleado público nombrado en provisionalidad y
otorgar el reconocimiento y pago de la diferencia salarial? Radicado: 20209000442872 del 10 de septiembre de 2020.
En atención a la comunicación de la referencia, relacionada con la pertinencia de otorgar un encargo en un empleo de libre nombramiento y
remoción a favor de un empleado nombrado en provisionalidad, junto con el reconocimiento y pago de diferencia salarial, en el caso de licencia
de maternidad de la titular del cargo, me manifestarle lo siguiente:
El Decreto 1083 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública, señala:
“ARTÍCULO 2.2.5.2.2 Vacancia temporal. El empleo queda vacante temporalmente cuando su titular se encuentre en una de las siguientes
situaciones:
1. Vacaciones.
2. Licencia.
3. Permiso remunerado
4. Comisión, salvo en la de servicios al interior.
5. Encargado, separándose de las funciones del empleo del cual es titular.
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