Concepto nº 48323, Superintendencia de Industria y Comercio, 12-04-2016
Fecha | 12 Abril 2016 |
Emisor | Superintendencia de Industria y Comercio (Colombia) |
Materia | CAMARAS DE COMERCIO |
Bogotá D.C.,
10
Asunto: Radicación: 16-48323--1-0
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 1
Respetado(a) Señor (a):
[Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012]
Con el alcance previsto en el articulo 28 del Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta
radicada en esta Entidad bajo el número que se indica en el asunto, en los
siguientes términos:
1. Objeto de la Consulta
En su comunicación consulta
"acerca de la viabilidad de registrar los actos administrativos proferidos por la
Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada en la matrícula mercantil
de las sociedades sometidas a control, vigilancia e inspección de esta
Entidad, en aras de procurar la confianza pública y la seguridad jurídica tanto
de los vigilados como de los terceros que contratan con estas entidades,
usando como medio el mecanismo de publicidad de goza el registro mercantil
direccionado por ustedes. Todo lo anterior teniendo en cuenta que de
conformidad con el Decreto Ley 356 de 1994 y Decreto 2187 de 2001, entre
otras normas, de carácter especial, existen las denominadas autorizaciones
previas que deberán agotar las sociedades que presten servicios de vigilancia
y seguridad privada antes de reformar sus estatutos sociales (...)"
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