Concepto Nº 491541 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 01-10-2020
Número de radicado | 20206000491541 |
Año | 2020 |
Fecha | 01 Octubre 2020 |
Número de oficio | 491541 |
Materia | INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES,Recusacion |
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 491541 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 491541 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000491541*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000491541
Fecha: 01/10/2020 04:33:27 p.m.
Bogotá
REFERENCIA: TRÁMITE DE IMPEDIMENTOS Y RECUSACIONES. RADICACION: 20209000420392 del 31 de agosto de 2020.
En atención a su comunicación de la referencia, relacionada con el trámite de impedimentos y recusaciones al interior de la entidad, me permito
manifestarle lo siguiente:
La Ley 1437 de 20111, señala frente a la figura de conflicto de intereses y los impedimentos y recusaciones lo siguiente:
“ARTÍCULO 11. CONFLICTOS DE INTERÉS Y CAUSALES DE IMPEDIMENTO Y RECUSACIÓN. Cuando el interés general propio de la función pública
entre en conflicto con el interés particular y directo del servidor público, este deberá declararse impedido. Todo servidor público que deba
adelantar o sustanciar actuaciones administrativas, realizar investigaciones, practicar pruebas o pronunciar decisiones definitivas podrá ser
recusado si no manifiesta su impedimento por:
1. Tener interés particular y directo en la regulación, gestión, control o decisión del asunto, o tenerlo su cónyuge, compañero o compañera
permanente, o alguno de sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, o su socio o socios de
hecho o de derecho.
2. Haber conocido del asunto, en oportunidad anterior, el servidor, su cónyuge, compañero permanente o alguno de sus parientes indicados en
el numeral precedente.
3. Ser el servidor, su cónyuge, compañero permanente o alguno de sus parientes arriba indicados, curador o tutor de persona interesada en el
asunto.
4. Ser alguno de los interesados en la actuación administrativa: representante, apoderado, dependiente, mandatario o administrador de los
negocios del servidor público.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba