Concepto Nº 493481 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 02-10-2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 900334015

Concepto Nº 493481 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 02-10-2020

Número de radicado20206000493481
Fecha02 Octubre 2020
Número de oficio493481
MateriaEMPLEO,Naturaleza
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 493481 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 493481 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000493481*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000493481
Fecha: 02/10/2020 06:17:42 p.m.
Bogotá D.C.
REF: EMPLEOS. NATURALEZA- Secretaria personería municipal. RAD.: 20202060411502de fecha 26 de agosto de 2020.
En atención a la comunicación de la referencia, remitida por la Procuraduría Provincial de Santafé de Antioquia en la cual nos informa que
consultado en el concejo municipal sobre el acuerdo mediante el cual se creó la planta de cargos y se fijó la escala salarial, en lo referente a la
auxiliar de la personería municipal, se pudo constatar que no existe acuerdo reciente que lo contemple. se procedió a buscar en los archivos
físicos de la administración, si figuraban acuerdos municipales o actos administrativos que contemplaran la planta de personal y estructura
administrativa en la que incluyera el cargo de la secretaría de la personería municipal, encontrando que desde el año 1990 se contemplaba,
mediante acuerdo municipal, dentro de la clasificación de empleos, el cargo de la secretaria de personería; sin embargo, a partir del año 2009
realizaron actualización de planta de cargos y se excluyó el cargo de la secretaría de la personería hasta entonces. Por todo lo anterior, me vi en
la obligación de realizar un proyecto de acuerdo, mediante el cual se establezca la estructura, planta de cargos y escala salarial de la Personería
Municipal de Dabeiba – Antioquia, para ser presentado ante el concejo para su respectiva aprobación; sin embargo, no contando con la ocupada
agenda que para las sesiones ordinarias estableció el concejo, por temas de suma urgencia como los concernientes al COVID19, no fue posible
radicar dicho proyecto de acuerdo, dentro del término de sesiones ordinarias. Por lo anterior, solicito muy encarecidamente me brinden un
concepto jurídico frente al proceder frente al cargo de la secretaría de esta entidad, debido a que la persona que actualmente desempeña el
cargo fue nombrada y posesionada bajo la figura de provisionalidad en el año 2016. Solcito en igual sentido se me informe si es viable realizar y
ordenar el incremento legal correspondiente al salario que viene devengando la secretaria y su respectivo pago de retroactivo.
Inicialmente es preciso recordar que de acuerdo con lo establecido en el Decreto 430 de 2016, este Departamento Administrativo tiene como
objeto el fortalecimiento de las capacidades de los servidores públicos y de las entidades y organismos del Estado, su organización y
funcionamiento, el desarrollo de la democratización de la gestión pública y el servicio al ciudadano, mediante la formulación, implementación,
seguimiento y evaluación de políticas públicas, la adopción de instrumentos técnicos y jurídicos, la asesoría y la capacitación.
En ese sentido, la resolución de los casos particulares corresponderá a la autoridad empleadora y nominadora, en cuanto es la instancia que
conoce de manera cierta y documentada la situación particular de su personal.
Por tanto, este Departamento Administrativo, en ejercicio de sus funciones, realiza la interpretación general de las disposiciones legales y, en
consecuencia, no le corresponde la valoración de los casos particulares; no obstantes, a modo de información general respecto de la situación
planteada, le informo:

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