Concepto Nº 4950 Despacho Procurador General, 22-04-2010 - Normativa - VLEX 767627685

Concepto Nº 4950 Despacho Procurador General, 22-04-2010

Fecha22 Abril 2010
EmisorDespacho Procurador General (Procuraduría General de la Nación (Colombia))
Bogotá,



Procurador General


Concepto No. 4950



Bogotá, abril 22 de 2010


Señores

MAGISTRADOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

E. S. D.




Ref: Revisión constitucional de la Ley 1363 del 9 de diciembre de 2009 por medio de la cual se aprueba el Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá y la República de Colombia, hecho en Lima, Perú, el 21 de noviembre de 2008, y el canje de notas entre Canadá y la República de Colombia del 20 de febrero de 2009, por medio del cual se corrigen errores técnicos y materiales del Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá y la República de Colombia, así como de la Ley 1363 del 9 de diciembre de 2009, aprobatoria del mismo.

Magistrado Ponente: Dr. HUMBERTO SIERRA PORTO

Expediente LAT-359

Concepto No. 4950



El Despacho procede a rendir concepto en el asunto de la referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 242, numeral 2o., y 278, numeral 5o., de la Constitución Política, concordantes con el artículo 7o. del Decreto 2067 de 1991.



1. Antecedentes


Conforme con lo previsto en el artículo 241, numeral 10, de la Carta Política, la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República remitió a la Corte Constitucional, el 14 de diciembre de 2009, la Ley 1363 del 9 de diciembre de 2009, Por medio de la cual se aprueba el Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá y la República de Colombia hecho en Lima, Perú, el 21 de noviembre de 2008, y el canje de notas entre Canadá y la República de Colombia del 20 de febrero de 2009, por medio del cual se corrigen errores técnicos y materiales del Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá y la República de Colombia, así como de la Ley 1363 del 9 de diciembre de 2009, aprobatoria del mismo.


Mediante auto del 25 de enero de 2010, el Magistrado Ponente asumió el conocimiento del presente asunto y ordenó la práctica de algunas pruebas consideradas pertinentes para establecer los antecedentes del instrumento público y de su ley aprobatoria.


2. Análisis formal


    1. Adopción del Acuerdo.


El Acuerdo entre el gobierno de la República de Colombia y el gobierno de Canadá, fue firmado en la ciudad de Lima el 21 de noviembre de 2008 y el canje de notas el 20 de febrero de 2009.


Posteriormente, con la Aprobación Ejecutiva del 31 de marzo de 2009, el Presidente de la República dispuso someter el citado acuerdo a la consideración del Congreso de la República, para los efectos constitucionales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150, numeral 16, de la Constitución Política.


2.2. Trámite del proyecto de ley en el Congreso de la República


La Constitución Política no señaló trámite especial para las leyes aprobatorias de los tratados internacionales y su incorporación a la legislación interna, por lo que a éstas les corresponde el previsto para las leyes ordinarias (C.P., artículos 157, 158, 160 y 165); advirtiendo que la iniciación del procedimiento legislativo debe efectuarse en el Senado de la República, en virtud de lo previsto en artículo 154 Superior, por cuanto la ley que aprueba un instrumento público se inscribe en la órbita de las relaciones internacionales.


De conformidad con la documentación que obra en el expediente legislativo, se logró establecer que el proyecto de ley radicado bajo los números 282 de 2009 Senado y 332 de 2009 Cámara, agotó el siguiente trámite en el Congreso de la República:


a) El proyecto de ley fue presentado al Senado de la República por el Gobierno Nacional, el 1 de abril de 2009, a través del Ministro de Relaciones Exteriores, doctor Jaime Bermúdez Merizalde en conjunto con el doctor Andrés Fernández Acosta, Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural y el doctor Luis Guillermo Plata Páez, Ministro de Comercio, Industria y Turismo. De igual forma, el Gobierno Nacional, el 24 de abril siguiente, envió mensaje de urgencia al Congreso de la República, con fundamento en el artículo 163 superior.

El texto original junto con la respectiva exposición de motivos radicados en el Senado, aparecen publicados en la Gaceta del Congreso No. 194 del 3 de abril de 2009, cumpliéndose así, con los requisitos referentes a la iniciación de esta clase de asuntos en el Senado de la República (artículo 154 constitucional), y a la publicación del proyecto de ley antes de darle curso en la comisión respectiva (numeral 1 del artículo 157 de la Carta).


b) En virtud del mensaje de urgencia, las Comisiones Segundas Constitucionales permanentes adelantaron sesiones conjuntas, con sujeción a las reglas señaladas en los artículos 169 a 173 de la Ley 5 de 1992, y de acuerdo a la competencia asignada en la Ley 3 de 1992, modificada por la Ley 754 de 2002, para conocer de los asuntos relativos a las relaciones internacionales.


Sesiones Conjuntas


c) La ponencia para primer debate en la Comisión Segunda del Senado, en sentido favorable, fue presentada por los Senadores Carlos Emiro Barriga Peñaranda, Jairo Clopatofsky Ghisays, Juan Manuel Galán Pachón, Manuel Ramiro Velásquez Arroyave, Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda, Luzelena Restrepo Betancourt, Alexandra Moreno Piraquive y Jesús Piñacué Achicué; y por los Representantes Oscar Fernando Bravo Realpe, Álvaro Pacheco, Augusto Posada Sánchez, Luis Felipe Barrios Barrios, Wílmer González Brito, Julio Gallardo Archbold, Pedro Nelson Pardo, Fabiola Olaya, Silfredo Morales Altamar, Héctor Javier Osorio Botello, y aparece publicada en la Gaceta del Congreso No 328 del 19 de mayo de 2009.


d) El primer debate tuvo lugar en sesión conjunta de las Comisiones Segundas de Senado y Cámara, la cual fue autorizada mediante las resoluciones No. 177 de 5 de mayo de 2009 expedida por la Mesa Directiva del Senado de la República, y 0938 de 5 de mayo de 2009 suscrita por la Mesa Directiva de la Cámara de Representantes, luego del correspondiente mensaje de urgencia y solicitud de debate conjunto de las dos comisiones.


El Proyecto de Ley fue presentado de manera preliminar en la sesión conjunta del 12 de mayo de 2009, tal como consta en el Acta No. 5 de esa fecha, publicada en la Gaceta del Congreso No. 918 del 18 de septiembre de 2009, en la que se lee: Presentación preliminar sobre los Proyectos de ley números (…) 282 de 2009 (…) senado, que corresponden a los Proyectos de ley números (…) 332 de 2009 (…) Cámara de Representantes..


e) El Proyecto de Ley fue anunciado en la Comisión Segunda del Senado de la República en la sesión del 20 de mayo de 2009, tal y como consta en el Acta No. 40 de esa fecha, publicada en la Gaceta del Congreso No. 951 del 24 de septiembre de 2009, en la que se lee: Por instrucciones del señor Presidente de la Comisión Segunda del Senado de la República, anuncio de discusión y votación de proyectos de ley para la próxima sesión. (…) Proyecto de ley número 282 de 2009 Senado”, y al final se lee: “Terminamos la sesión y convocamos para sesión conjunta el próximo martes a las 9:30 a.m. (…)”.


En igual sentido, la Comisión Segunda de la Cámara de Representantes en la sesión del 19 de mayo de 2009, registrada en el Acta N°. 31 de esa fecha, publicada en la Gaceta del Congreso N°. 546 del 2 de julio de 2009, señala: “Anuncio de proyectos para aprobación en primer debate. Señor Presidente, según lo ordenado por usted y para dar cumplimiento al artículo 8° del Acto legislativo número 01 de 2003 hago el siguientes anuncio de proyectos de ley para la próxima sesión de Comisión (…) Proyecto de ley número 282 de 2009 Senado 332 de 2009 Cámara”, y al final se lee: “Agotado el orden del día se levanta la sesión y se convoca para el próximo martes (…)”.


f) Efectivamente, el proyecto fue discutido y aprobado en la sesión conjunta de las Comisiones Segundas del Senado de la República y la Cámara de Representantes que se llevó a cabo el día 26 de mayo de 2009, según se observa en el Acta No. 06 de esa fecha. Lo anterior puede verificarse en la Gaceta del Congreso No. 919 del 18 de septiembre de 2009. En certificación expedida por la Comisión Segunda del Senado se establece que el proyecto de ley No 282 de 2009, fue aprobado con un quórum deliberatorio y decisorio integrado por once (11) de los trece (13) senadores que conforman dicha comisión. Así mismo, en certificación enviada por la Comisión Segunda de la Cámara de Representantes a la Corte Constitucional se encuentra que el proyecto de ley N°. 332 de 2009, fue aprobado por unanimidad en votación ordinaria, con la asistencia de dieciocho (18) Representantes a la Cámara.


En este orden, se dio cumplimiento al procedimiento legislativo previsto en la ley para el primer debate en las Comisiones de ambas cámaras, cuando se presenta una solicitud de trámite de urgencia por el Presidente de la República.


Posteriormente el trámite dado en el Senado de la República, en segundo debate fue el siguiente:


g) La ponencia para segundo debate fue presentada por los senadores Carlos Emiro Barriga Peñaranda, Jairo Clopatofsky Ghisays, Juan Manuel Galán Pachón, Manuel Ramiro Velásquez Arroyave, Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda, Luzelena...

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