Concepto Nº 511641 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 15-10-2020
Número de radicado | 20206000511641 |
Año | 2020 |
Fecha | 15 Octubre 2020 |
Número de oficio | 511641 |
Materia | INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES,Ex-empleado |
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 511641 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 511641 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000511641*
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Radicado No.: 20206000511641
Fecha: 15/10/2020 04:50:49 p.m.
Bogotá D.C.
REF: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. Ex empleado. Prohibición de contratar con la entidad en la cual prestó servicios por ser del nivel
directivo o asesor. RAD. 20209000477932 del 29 de septiembre de 2020.
En atención a la comunicación de la referencia, mediante la cual consulta si el Secretario de Gobierno de un municipio de sexta categoría hace
parte del nivel directivo y, en caso afirmativo, si puede contratar con la entidad territorial que perteneció y cuál es el tiempo poder contratar con
la entidad que laboró, me permito manifestarle lo siguiente:
La Ley 80 de 1993, “Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública”, determina en su Artículo 8:
“ARTÍCULO 8.- De las Inhabilidades e Incompatibilidades para Contratar
(…)
2o. Tampoco podrán participar en licitaciones o concursos ni celebrar contratos estatales con la entidad respectiva: <La expresión "Concursos"
fue derogada por el art. 32 de la Ley 1150 de 2007>
a) Quienes fueron miembros de la junta o consejo directivo o servidores públicos de la entidad contratante. Esta incompatibilidad sólo
comprende a quienes desempeñaron funciones en los niveles directivo, asesor o ejecutivo y se extiende por el término de un (1) año, contado a
partir de la fecha del retiro.
(…).” (Se resalta).
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