Concepto Nº 539051 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 04-11-2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 900339283

Concepto Nº 539051 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 04-11-2020

Número de radicado20206000539051
Año2020
Fecha04 Noviembre 2020
Número de oficio539051
MateriaEMPLEO,Incorporación
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 539051 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 539051 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000539051*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000539051
Fecha: 04/11/2020 11:52:52 a.m.
Bogotá D.C.
REF.: EMPLEOS. Nombramiento y posesión en Período. RAD.: 20202060525422 del 30-10-2020.
Acuso recibo comunicación, mediante la cual informa que, presentó concurso para el cargo Técnico Operativo Código 314 Grado 3 en la
convocatoria Territorial Norte No. 779 Opec 19801 de la Alcaldía Municipal de Abrego, donde ocupó el primer lugar en la lista de elegibles la cual
entró en firmeza el 14 de septiembre, debido a la espera de unas respuestas a unas solicitudes de conceptos elevadas ante ustedes por parte de
la Administración Municipal, no les habían notificado el nombramiento lo cual se hizo efectivo, el pasado 19 de octubre con una Resolución de
nombramiento de fecha 15 de octubre.
Pese a que la Resolución no decía que debían aceptar el nombramiento dentro de los 10 días hábiles siguientes, lo hicieron mediante correo
electrónico el día 26 de octubre. El día de ayer les notifican un oficio donde finalmente les informan de la situación de las posesiones y es que
las personas que están ocupando los cargos para los que concursaron los declararon insubsistentes el 5 de octubre, y la Alcaldía, está dando los
días pertinentes para que ellos interpongan recursos y hasta que no se resuelvan de fondo estos recursos no pueden posesionarse aludiendo
que no pueden crear una nómina paralela para pagarles a ustedes y a nosotros, para lo cual transcriben el artículo 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de
2015.
Con base en la anterior información consulta si de acuerdo con el artículo 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, la entidad puede pedir noventa
(90) días para posesionar a las personas que han sido nombradas en período de prueba con base en dicha disposición; si los diez (10) días
hábiles que se tiene para tomar posesión en período de prueba no prevalecen, o si simplemente se suspenden ante esta solicitud por parte de la
entidad; y si tienen que esperar los noventa (90) días hábiles si es el caso para tomar posesión, pese a que algunos de los nombrados ya
renunciaron a sus trabajos porque la toma de posesión era inminente, y se está afectando su economía familiar, más por el tiempo de pandemia.
Sobre el tema se precisa lo siguiente:
La Ley 1960 de 2019 modificatoria de la Ley 909 de 2004, señala:

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