Concepto Nº 540591 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 04-11-2020
Número de radicado | 20206000540591 |
Año | 2020 |
Fecha | 04 Noviembre 2020 |
Número de oficio | 540591 |
Materia | CARRERA ADMINISTRATIVA,Evaluación del Desempeño |
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 540591 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 540591 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000540591*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000540591
Fecha: 04/11/2020 05:30:19 p.m.
Bogotá D.C.
REFERENCIA: CARRERA ADMINISTRATIVA- Evaluación provisionales RETIRO DEL SERVICIO-Provisionales. Radicación No. 20209000491702 de
fecha 08 de Octubre de 2020.
En atención al escrito de la referencia, mediante el cual realiza varios interrogantes respecto a la evaluación de desempeño a los provisionales y
el retiro del servicio a empleados provisionales, me permito manifestarle lo siguiente:
Frente a sus interrogantes respecto a la evaluación de desempeño a empleados provisionales La Ley 909 de 2004, «Por la cual se expiden
normas que regulan el Empleo Público, la Carrera Administrativa, la Gerencia Pública y se dictan otras disposiciones», dispone:
“ARTÍCULO 38. EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO. El desempeño laboral de los empleados de carrera administrativa deberá ser evaluado y
calificado con base en parámetros previamente establecidos que permitan fundamentar un juicio objetivo sobre su conducta laboral y sus
aportes al cumplimiento de las metas institucionales. A tal efecto, los instrumentos para la evaluación y calificación del desempeño de los
empleados se diseñarán en función de las metas institucionales. (…)”.
Por su parte, el Decreto 1083 de 2015, establece:
“ARTÍCULO 2.2.8.1.1 Definición. La evaluación del desempeño laboral es una herramienta de gestión que, con base en juicios objetivos sobre la
conducta, las competencias laborales y los aportes al cumplimiento de las metas institucionales de los empleados de carrera y en período de
prueba en el desempeño de sus respectivos cargos, busca valorar el mérito como principio sobre el cual se fundamenten su permanencia y
desarrollo en el servicio”.
De acuerdo con la normativa citada se concluye que la evaluación del desempeño laboral tiene como destinatarios a los empleados de carrera
administrativa, en período de prueba y a los de libre nombramiento y remoción, lo cual significa que no se aplica a los empleados provisionales.
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