Concepto Nº 566411 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 24-11-2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 900331079

Concepto Nº 566411 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 24-11-2020

Número de radicado20206000566411
Fecha24 Noviembre 2020
Número de oficio566411
MateriaAPORTES PARAFISCALES,Base para Liquidación
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 566411 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 566411 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000566411*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000566411
Fecha: 24/11/2020 12:24:43 p.m.
Bogotá D.C.
REFERENCIA. -APORTES PARAFISCALES. -Base para liquidar RADICADO 20202060509022 de fecha 22 de octubre de 2020
En atención a su consulta de la referencia, mediante la cual consulta sobre los elementos que se deben tener en cuenta a la hora de la
liquidación y pago de los aportes parafiscales, me permito manifestarle lo siguiente:
Sobre los aportes parafiscales, la Ley 89 de 1988, establece:
“ARTÍCULO 1o. A partir del 1 de enero 1989 los aportes para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF- ordenado por las Leyes 27 de
1974 y . de 1979, se aumentan al tres por ciento (3%) del valor de la nómina mensual de salarios.
PARÁGRAFO 1o. Estos aportes se calcularán y pagarán teniendo como base de liquidación el concepto de nómina mensual de salarios
establecidos en el Artículo 17 de la Ley 21 de 1982 y se recaudarán en forma conjunta con los aportes al Instituto de Seguros Sociales -ISS- o los
del Subsidio Familiar hechos a las Cajas de Compensación Familiar o a la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero. Estas entidades quedan
obligadas a aceptar la afiliación de todo empleador que lo solicite.”
Así mismo, la Ley 21 de 1982, por la cual se modifica el régimen del subsidio familiar y se dictan otras disposiciones, preceptúa:
“ARTICULO 7.- Están obligados a pagar el subsidio familiar y a efectuar aportes para el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
1. La Nación, por intermedio de los ministerios, departamentos administrativos y superintendencias.

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