Concepto Nº 601031 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 18-12-2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 900330847

Concepto Nº 601031 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 18-12-2020

Número de radicado20206000601031
Año2020
Fecha18 Diciembre 2020
Número de oficio601031
MateriaPROVIDENCIAS JUDICIALES,Cumplimiento de Fallos Judiciales
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 601031 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 601031 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000601031*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000601031
Fecha: 18/12/2020 04:51:03 p.m.
Bogotá D.C.
REF: PRESTACIONES SOCIALES. Prima de navidad en caso de reintegro del empleado público. RAD. 20209000562242 del 24 de noviembre de
2020.
Acuso recibo su comunicación de la referencia, mediante la cual manifiesta textualmente: “mi nombre es Ángel Guillermo Ortiz Suaza, me
reintegraron por medio de una orden judicial el 13 de abril de 2.020 en la Alcaldía municipal de Girardot. Mi pregunta es ¿tengo derecho a la
prima de navidad completa o me llega proporcional?” Al respecto, me permito informarle lo siguiente:
Al respecto, lo primero que debe indicarse es que, de conformidad con el Decreto 430 de 2016 esta entidad no tiene competencia para
pronunciarse acerca de las acciones que deben adelantar las entidades públicas para dar cumplimiento a las decisiones judiciales.
Sin embargo, a manera de orientación frente al cumplimiento de las sentencias, me permito manifestarle:
El Artículo 189 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, señala:
“ARTÍCULO 189. Efectos de la sentencia. (…)
Las sentencias ejecutoriadas serán obligatorias y quedan sometidas a la formalidad del registro de acuerdo con la ley.
En los procesos de nulidad y restablecimiento del derecho, la entidad demandada, dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la
notificación de la sentencia que resuelva definitivamente el proceso, cuando resulte imposible cumplir la orden de reintegro del demandante al
cargo del cual fue desvinculado porque la entidad desapareció o porque el cargo fue suprimido y no existe en la entidad un cargo de la misma
naturaleza y categoría del que desempeñaba en el momento de la desvinculación, podrá solicitar al juez de primera instancia la fijación de una

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