Concepto Nº 609421 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 23-12-2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 900335573

Concepto Nº 609421 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 23-12-2020

Número de radicado20206000609421
Año2020
Fecha23 Diciembre 2020
Número de oficio609421
MateriaEMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO- ESE,Elección Miembros Junta Directiva
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 609421 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 609421 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000609421*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000609421
Fecha: 23/12/2020 06:30:23 p.m.
Bogotá D.C.
REF: EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO. Elección Miembros Junta Directiva. ESTADO DE EMERGENCIA ECONÓMICA, SOCIAL Y ECOLÓGICA.
COVID-19. Suspensión de proceso de elección en COPACO y miembros de junta directiva de ESE. RAD.: 20209000603582 del 16 de diciembre de
2020.
En atención a su comunicación de la referencia, mediante la cual consulta si lo establecido en el artículo 14 del decreto 491 de 2020 es aplicable
a la elección de COPACO y de miembros de las juntas directivas de las Empresas Sociales del Estado, me permito dar respuesta en los siguientes
términos:
Al respecto, debe señalarse que se han expedido normas sobre el particular, debido a la declaratoria de emergencia sanitaria declarada por el
Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resolución 385 del 20 de marzo de 20201 y al estado de Emergencia Económica, Social y
Ecológica, declarado en todo el territorio Nacional por el Decreto 417 del 17 de marzo de 20202, expedido por el Presidente de la República.
En cuanto al tema bajo análisis, el Decreto 491 de 2020, Por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación
de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección
laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y
Ecológica, dispuso:
“ARTÍCULO 14. Aplazamiento de los procesos de selección en curso. Hasta tanto permanezca vigente la Emergencia Sanitaria declarada por el
Ministerio de Salud y Protección Social, para garantizar la participación en los concursos sin discriminación de ninguna índole, evitar el contacto
entre las personas y propiciar el distanciamiento social, se aplazarán los procesos de selección que actualmente se estén adelantando para
proveer empleos de carrera del régimen general, especial constitucional o específico, que se encuentren en la etapa de reclutamiento o de
aplicación de pruebas.
Las autoridades competentes deberán reanudar dichos procesos una vez se supere la Emergencia Sanitaria.

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