Concepto Nº 610221 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 24-12-2020
Número de radicado | 20206000610221 |
Año | 2020 |
Fecha | 24 Diciembre 2020 |
Número de oficio | 610221 |
Materia | EMPLEO,Naturaleza |
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 610221 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 610221 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000610221*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000610221
Fecha: 24/12/2020 12:11:34 p.m.
Bogotá
REF. EMPLEOS - NATURALEZA. ¿Cuál es la naturaleza del empleo de tesorero? Radicado 20209000565212 del 25 de noviembre de 2020.
Respetado señor, reciba un atento saludo.
En atención a su consulta contenida en el oficio de la referencia, relacionada con la naturaleza del empleo de tesorero, me permito manifestarle
lo siguiente:
Sea lo primero señalar respecto de la naturaleza jurídica del empleo de tesorero lo siguiente:
El Artículo 125 de la Constitución Política de Colombia establece:
“ARTÍCULO 125. Los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera. Se exceptúan los de elección popular, los de libre
nombramiento y remoción, los de trabajadores oficiales y los demás que determine la ley.
Los funcionarios, cuyo sistema de nombramiento no haya sido determinado por la Constitución o la ley, serán nombrados por concurso público.
El ingreso a los cargos de carrera y el ascenso en los mismos, se harán previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para
determinar los méritos y calidades de los aspirantes.
El retiro se hará: por calificación no satisfactoria en el desempeño del empleo; por violación del régimen disciplinario y por las demás causales
previstas en la Constitución o la ley. (…)”
De acuerdo con lo anterior, los empleados públicos que prestan sus servicios al Estado son por regla general, de carrera, y excepcionalmente de
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