Concepto nº 77712, Superintendencia de Industria y Comercio, 12-07-2011 - Normativa - VLEX 980577335

Concepto nº 77712, Superintendencia de Industria y Comercio, 12-07-2011

Fecha12 Julio 2011
EmisorSuperintendencia de Industria y Comercio (Colombia)
Bogotá D.C.,
10
Asunto: Radicación: 11-77712- -00001-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 2
Respetado(a) Señor (a):
[Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012]
Con el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo,
damos respuesta a su consulta radicada en esta Entidad con el número que se indica
en el asunto, en los siguientes términos:
1. Objeto de la consulta
En su escrito, solicita se le informe "si la presentación de modificaciones de una
solicitud de patente en respuesta a un requerimiento de conformidad con el Artículo
45 de la Decisión 486, requiere el pago de la tasa establecida para modificaciones y
correcciones a solicitudes en trámite.
"Adicionalmente, solicito me informe el número del concepto o de resolución por la
cual se establece el pago o no de dicha tasa".
Al respecto nos permitimos manifestarle lo siguiente:
2. Solicitudes de patente
De conformidad con lo previsto en el Capítulo Ill del Título II de la Decisión 486 de
2000 de la Comisión de la Comunidad Andina, normatividad comunitaria aplicable en
Colombia, el artículo 45 establece que en el evento que la Dirección de Nuevas
Creaciones prevea que la invención adolece de requisitos advertidos en la normativa

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