Concepto nº 82904, Superintendencia de Industria y Comercio, 17-08-2011
Fecha | 17 Agosto 2011 |
Emisor | Superintendencia de Industria y Comercio (Colombia) |
Materia | COMPETENCIA DESLEAL |
Bogotá D.C.,
10
Asunto: Radicación: 11-082904- -00004-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 6
Respetado(a) Señor (a):
[Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012]
Con el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo,
damos respuesta a su consulta radicada en esta Entidad con el número que se indica
en el asunto, en los siguientes términos:
1. Objeto de la consulta
Se consulta sobre el procedimiento a seguir en relación con una demanda sobre
competencia desleal, que se pretende instaurar en Medellín. La presentación de la
misma, como el seguimiento y trámite de conformidad con el Código de Procedimiento
Civil, se puede realizar desde Medellín, a través de la Superintendencia de
Sociedades o si necesariamente hay que adelantar el trámite en Bogotá ante la
Superintendencia de Industria y Comercio, de manera personal y directa.
2. Facultades generales dé la Superintendencia de Industria y Comercio
De acuerdo con las atribuciones conferidas por mandato legal a esta
Superintendencia, en particular por el Decreto 3523 de 2009, modificado por el
Decreto 1687 de 2010, corresponde a esta entidad, entre otras funciones, velar por el
cumplimiento de las normas sobre protección al consumidor, protección de la
competencia, administrar el sistema nacional de la propiedad industrial, así como
tramitar, decidir los asuntos relacionados con la misma, y conocer y decidir los asuntos
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