Concepto nº 88777, Superintendencia de Industria y Comercio, 10-06-2016 - Normativa - VLEX 792388381

Concepto nº 88777, Superintendencia de Industria y Comercio, 10-06-2016

Fecha10 Junio 2016
EmisorSuperintendencia de Industria y Comercio (Colombia)
MateriaPROTECCION AL CONSUMIDOR
Bogotá D.C.,
10
Asunto: Radicación: 16-088777- -00003-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 1
Respetado(a) Señor (a):
[Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012]
De conformidad con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015, “por
medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un
título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso
Administrativo”, fundamento jurídico sobre el cual se funda la consulta objeto de la
solicitud, procede la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO a
emitir un pronunciamiento, en los términos que a continuación se pasan a
exponer:
1. OBJETO DE LA CONSULTA
Atendiendo a la solicitud por usted radicada ante esta Entidad a través de su
comunicación de fecha 08 de abril de 2016 en la cual señala:
“Cuál es el procedimiento que debe surtir el proveedor y/o productor de un
vehículo automotor, bien cuya transferencia de propiedad está sujeta a
registro, para perfeccionar el traspaso de un vehículo por la devolución del
mismo por garantía y el correspondiente reembolso del precio pagado por el
cliente, teniendo en cuenta que la autoridad de transito exige como requisito
para perfeccionar el traspaso, que se presente un contrato de compraventa y
el consumidor se niega a firmarlo.”

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR