Concepto Nº 89901 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 20-03-2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 900330426

Concepto Nº 89901 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 20-03-2019

Número de radicado20196000089901
Año2019
Fecha20 Marzo 2019
Número de oficio89901
MateriaEMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO- ESE,Régimen Salarial y Prestacional
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 89901 de 2019 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 89901 de 2019 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20196000089901*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20196000089901
Fecha: 20-03-2019 03:05 pm
Bogotá D.C.,
REF.: REMUNERACIÓN. Régimen salarial de los gerentes de las empresas sociales del Estado. Vigencia del Decreto 1892 de 1994, en especial los
artículos 12, 13 y 14 Rad. 2011ER1852-2.
En atención a su consulta de la referencia, formulada por la doctora ENEYDA ORTIZ RAMIREZ al Ministerio de Salud y remitida a este
Departamento Administrativo, me permito manifestarle lo siguiente:
La Ley 100 de 1993, establece:
ARTÍCULO 192. DIRECCIÓN DE LOS HOSPITALES PÚBLICOS. (…)
PARÁGRAFO 2. Los directores de hospitales del sector público o de las empresas sociales del estado se regirán en materia salarial por un
régimen especial que reglamentará el Gobierno Nacional dentro de los seis meses siguientes a la vigencia de la presente Ley, teniendo en
cuenta el nivel de complejidad y el presupuesto del respectivo hospital.”
El Decreto 1892 de 1994, señala:
“ARTICULO 12. DEL REGIMEN ESPECIAL SALARIAL. El régimen salarial establecido en el presente Decreto se constituye en el marco general
dentro del cual deben actuar las entidades territoriales para la fijación de la asignación básica de Directores de Hospitales Públicos o Gerentes
de Empresa Social de Salud, de conformidad con los criterios establecidos en el artículo 2 de la Ley 4a. de 1992 y los artículos 81 y 681 del
Decreto 1298 de 1994.”
“ARTÍCULO 13.- Modificado por el Decreto Nacional 439 de 1995. De la nomenclatura y clasificación de los empleos. Créanse las siguientes
denominaciones de cargos para los organismos y entidades de que trata este Decreto:

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