Concepto N° C-325 del 2021, de la Agencia Nacional de Contratación Pública, 08-07-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 873525119

Concepto N° C-325 del 2021, de la Agencia Nacional de Contratación Pública, 08-07-2021

Año2021
Fecha08 Julio 2021
Número de oficioC-325 del 2021
MateriaDOCUMENTOS TIPO
RESPUESTA DIRECCIÓN CONTRACTUAL




CCE-DES-FM-17


DOCUMENTOS TIPO – Agua potable y saneamiento básico – Tipología contractual


Los documentos tipo son instrumentos que buscan desarrollar medidas de fortalecimiento, eficiencia y transparencia para realizar y aprovechar las grandes inversiones en materia de infraestructura de agua potable y saneamiento básico que se realizan o se realizarán en el país. En este sentido, estos documentos tipo tienen por objetivo una tipología contractual específica: la obra pública y, concretamente, para los proyectos de infraestructura de agua potable y saneamiento básico que se celebren bajo la modalidad de licitación pública. Para tales efectos, entiéndase por contrato de obra pública aquellos que celebren las entidades estatales para la construcción, mantenimiento, instalación y, en general, para la realización de cualquier otro trabajo material sobre bienes inmuebles, cualquiera que sea la modalidad de ejecución. […] según lo establece el artículo 2 de las Resoluciones Nos. 248 y 249 de 2020, los documentos tipo contienen parámetros obligatorios para las entidades estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública que adelanten contratos de obra de infraestructura de agua potable y saneamiento básico, que se realicen por la modalidad de licitación pública. La implementación de estos documentos es obligatoria en los procedimientos de selección cuyo aviso de convocatoria se haya publicado a partir del 11 de diciembre de 2020.


DOCUMENTOS TIPO – Agua potable y saneamiento básico – Matriz 1 Experiencia Aplicación


[…], existen varios criterios para determinar si procede de forma obligatoria la contratación de una actividad mediante los documentos tipo, a saber: i) que se trate de una obra pública de infraestructura de agua potable y saneamiento básico, cuyo proceso de selección se adelantará en la modalidad de licitación pública; ii) que el contrato se rija por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública; y iii) que el objeto a contratar esté asociado a alguno de los tipos de obra y actividades señaladas en la «Matriz 1 – Experiencia». La coexistencia de tales condiciones hace obligatoria la aplicación de los documentos tipo.  


DOCUMENTOS TIPO – Agua potable y saneamiento básico – Matriz 1 Experiencia – Construcción de acueductos y/o alcantarillados


[…]el ítem 1.1 de la «Matriz 1 – Experiencia», contempla los «proyectos de construcción de acueductos y/o alcantarillados (urbanos y/o rurales) y/u obras complementarias». Bajo esta actividad se incluyen todos aquellos proyectos de obra nueva, referidos a la construcción de acueductos y/o alcantarillado, así como las obras complementarias ligadas a la construcción de estos. En este contexto, se entiende por obras complementarias aquellas que se agregan al alcance inicial del objeto y contribuyen al mejor funcionamiento y adecuación del bien para el cual se construye. Esto significa que las obras complementarias se tratan también de actividades de obras que se dan en el marco del proyecto general y son conexas al mismo, esto es, de la construcción de acueductos y/o alcantarillado, como, por ejemplo, un pozo de inspección o una estación de bombeo ligado a la construcción del alcantarillado en principio inexistente.




DOCUMENTOS TIPO – Agua potable y saneamiento básico – Matriz 1 Experiencia – Optimización y/o mejoramiento y/o rehabilitación y/o reforzamiento y/o reconstrucción y/o reposición de acueductos y/o alcantarillados


[…] el numeral 1.2. de la «Matriz 1 – Experiencia», que establece como actividad a contratar los «proyectos de optimización y/o mejoramiento y/o rehabilitación y/o reforzamiento y/o reconstrucción y/o reposición de acueductos y/o redes de acueducto y/o alcantarillados y/o redes de alcantarillado (urbanos y/o rurales)». Dichos proyectos también se desarrollan en el marco de un contrato de obra pública, no obstante, suponen trabajos sobre un acueducto o alcantarillado ya existente, de manera que las actividades de obra de infraestructura de agua potable y saneamiento básico que tengan por objeto lo anterior, deberán también aplicar los documentos tipo.






























Bogotá, 08 Julio 2021


Señor

Peticionario

Leajing@gmail.com

Ciudad


Concepto C ‒ 325 de 2021


Temas:

DOCUMENTOS TIPO – Agua potable y saneamiento básico – Tipología contractual / DOCUMENTOS TIPO – Agua potable y saneamiento básico – Matriz 1 Experiencia Aplicación / DOCUMENTOS TIPO – Agua potable y saneamiento básico – Matriz 1 Experiencia – Construcción de acueductos y/o alcantarillados / DOCUMENTOS TIPO – Agua potable y saneamiento básico – Matriz 1 Experiencia – Optimización y/o mejoramiento y/o rehabilitación y/o reforzamiento y/o reconstrucción y/o reposición de acueductos y/o alcantarillados

Radicación:

Respuesta a consulta # P20210525004518



Estimado señor:


En ejercicio de la competencia otorgada por el numeral 8 del artículo 11 y el numeral 5 del artículo 3 del Decreto Ley 4170 de 2011, la Agencia Nacional de Contratación Pública ― Colombia Compra Eficiente, a través de la Subdirección de Gestión Contractual, responde su consulta del 24 de mayo del 2021.


  1. Problema planteado


Usted formula la siguiente consulta relacionada con los documentos tipo de agua potable y saneamiento básico: «En la experiencia de la matriz se establece en las actividades 1. Construcción de acueductos, 2. Optimización/rehabilitación y demás. ¿Podrían indicarme el alcance de cada actividad?»


  1. Consideraciones


Para responder la inquietud planteada se analizarán los siguientes temas: i) documentos tipo de licitación pública para obra de infraestructura de agua potable y saneamiento básico, y ii) la Matriz 1 – Experiencia de los documentos tipo de agua potable y saneamiento básico.

La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente se pronunció sobre la definición y el alcance de los documentos tipo en las siguientes consultas C-144 del 2 de marzo de 2020, C-143 del 18 de marzo de 2020, C-286 del 26 de mayo de 2020, C-450 del 3 de agosto de 2020, C-643 del 26 de octubre de 2020, C-773 del 14 de enero de 2021, C-789 del 19 de enero de 2021, C-064 del 8 de marzo de 2021 y C-157 del 13 de abril del 2021. Sobre la «Matriz 1 – Experiencia» para proyectos de agua potable y saneamiento básico se ha pronunciado en los conceptos C-111 de 29 de marzo de 2021 y C-244 de 04 de mayo de 2021. Las tesis desarrolladas en estos conceptos se reiteran a continuación y se complementa en lo pertinente.


2.1. Documentos tipo de licitación pública para obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico


La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, con fundamento en el artículo 1 de la Ley 2022 de 2020, expidió las Resoluciones No. 248 y 249 del 01 de diciembre de 2020, «Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de licitación pública para obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico» y «Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de licitación pública para obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico en la modalidad de llave en mano», respectivamente. De acuerdo con la mesa de trabajo virtual realizada el 26 de noviembre de 2020 por esta Agencia con el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, entidad especializada en la materia, se decidió que la fecha de implementación de estos documentos tipo sería a partir del 11 de diciembre de 2020, por lo que son obligatorios a partir de esa fecha.

Los documentos tipo deben contener los requisitos habilitantes, los factores técnicos, económicos y otros factores de escogencia, así como aquellos requisitos que, previa justificación, representen buenas prácticas contractuales que procuren el adecuado desarrollo de los principios que rigen la contratación pública. Por ello, para adoptar los documentos tipo es necesario un estudio detallado de cada una de las exigencias que deben quedar plasmadas en los mismos, especialmente, cuando la expedición de estos implica un trabajo que pretende implementar las mejores prácticas en la contratación estatal.

Además por disposición expresa de la Ley 2022 de 2020, los «Documentos tipo» adoptados por la Agencia Nacional de Contratación Pública son de obligatorio cumplimiento por todas las entidades públicas, cuyo régimen de contratación sea el Estatuto General de la Contratación de la Administración Pública ‒EGCAP‒. Esta obligatoriedad implica que las autoridades deben implementar los documentos tipo para los procesos contractuales que se encuentren dentro de su ámbito de aplicación, observando, además, la regla de su «inalterabilidad». Esto último significa que las entidades públicas carecen de la facultad de modificarlos, con excepción de aquellos aspectos que pueden diligenciar, es decir, las descripciones que están incluidas entre corchetes y resaltadas en gris, por lo que su contenido solo puede ser variado en los aspectos que los mismos documentos tipo...

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