Concepto N° C-400 de 2022, de la Agencia Nacional de Contratación Pública, 05-07-2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 908694265

Concepto N° C-400 de 2022, de la Agencia Nacional de Contratación Pública, 05-07-2022

Año2022
Fecha05 Julio 2022
Número de oficioC-400 de 2022
MateriaDOCUMENTOS TIPO - EXPERIENCIA
RESPUESTA DIRECCIÓN CONTRACTUAL







CCE-DES-FM-17


DOCUMENTOS TIPO – Generalidades – Infraestructura de transporte


Los pliegos tipo surgen en el 2007 cuando el legislador facultó al Gobierno Nacional para adoptarlos en la compra o suministro de bienes de características técnicas uniformes. La orientación inicial del proyecto que se convirtió en la Ley 1150 de 2007 era facultar al Gobierno Nacional para adoptar los pliegos tipo en todos los contratos estatales, pues en el proyecto el parágrafo 3º disponía que: «El Gobierno Nacional tendrá la facultad de estandarizar los pliegos de condiciones o términos de referencia y los contratos de las entidades estatales».

[...]

Esta agencia analizando la afectación económica que causaron las medidas adoptadas para contener la pandemia COVID – 19 en el país, decide actualizar los documentos tipo para los procesos de licitación de obra pública y selección abreviada de menor cuantía de infraestructura de transporte y, en consecuencia, adopta medidas en apoyo a la industria nacional. Por tanto, bajo la competencia prevista en la Ley 2022 de 2020, Colombia Compra Eficiente expide las Resoluciones No. 240 y 241 del 27 de noviembre 2020 mediante las cuales se adoptan los documentos tipo de licitación de obra pública – versión 3 y de selección abreviada de menor cuantía – versión 2 de infraestructura de transporte, los cuales son obligatorios a partir del 1º de enero de 2021.


EXPERIENCIA – Documentos tipo – Matriz 1 – Experiencia – Infraestructura de transporte


Ahora, de conformidad con el marco normativo anteriormente expuesto, y teniendo en cuenta las condiciones fijadas en el «Documento Base» de la Resolución No. 240 del 27 de noviembre de 2020, la acreditación del requisito habilitante de experiencia se aborda desde distintos criterios. En primer lugar, los contratos presentados por los proponentes deben corresponder a la actividad o actividades de experiencia general y específica que la entidad exija en el pliego de condiciones de acuerdo con los parámetros señalados en la Matriz 1. En segundo lugar, los proponentes deben acreditar el cumplimiento de las condiciones fijadas con mínimo uno (1) y máximo seis (6) contratos, que debieron terminar antes de la fecha de cierre del proceso de contratación. Por último, el número de contratos aportados por el proponente debe certificar un valor mínimo correspondiente a un porcentaje del presupuesto oficial del proceso de obra expresado en SMMLV, cuya verificación se hará de acuerdo con la sumatoria de los valores totales ejecutados de los contratos que cumplan con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones.


Para fijar las condiciones que deben cumplir los contratos aportados, en términos de actividades ejecutadas, las entidades deberán emplear la Matriz 1, documento que estandariza las condiciones de experiencia general y/o experiencia específica que deben requerir las entidades estatales de acuerdo con: i) el tipo de obra de infraestructura de transporte, ii) la actividad a contratar y iii) la cuantía del proceso de contratación.


EXPERIENCIA – Experiencia general – Experiencia específica – Espacio público asociado a la infraestructura de transporte


[…] la «experiencia general» y la «experiencia específica» requerida es el resultado de aplicar los parámetros obligatorios fijados en los documentos tipo, de acuerdo con el tipo de infraestructura, la actividad a contratar y la cuantía del proceso de contratación. Por lo tanto, no podrá exigir actividades o cantidades distintas a las previstas en la «Matriz 1 – Experiencia» o restringir a una actividad específica cuando dicho formato determine que la experiencia puede acreditarse mediante una de varias actividades.


De esta forma, cuando la entidad estatal –de acuerdo con el alcance del objeto contractual– identifique el tipo de infraestructura, la actividad a contratar y la cuantía del proceso de contratación, debe determinar la «experiencia general» y la «experiencia específica» con fundamento en la Matriz 1, conforme a la metodología previamente expuesta. Esta experiencia debe solicitarse en las condiciones allí previstas, con la descripción completa que corresponda a la experiencia general y específica.


Ahora bien, respecto a la actividad a contratar, también es necesario tener en cuenta que la definición de espacio público asociado a la infraestructura de transporte no establece una lista taxativa de labores que se consideran como experiencia. Por el contrario, los documentos tipo disponen una lista enunciativa de aquellas. […]

[…]

En este sentido, debe revisarse si la actividad que se solicita como experiencia está relacionada con lo prescrito en el Glosario y las exigencias de experiencia general y específica para la actividad a contratar para ser tenida en cuenta como experiencia dentro del proceso de selección. Esto tomando como base que el «Anexo 3 – Glosario» es una pauta para interpretar el alcance del documento base y la matriz de experiencia.


EXPERIENCIA – Combinación de experiencia – Documentos tipo – Infraestructura de transporte


[…] en el acápite de «Reglas para definir la experiencia exigible en el proceso de contratación» de la «Matriz 1 – Experiencia», tanto de baja o mediana y alta complejidad de los documentos tipo actuales se establece la regla vi) […]

[…]

Como Como se advierte de lo anterior, en la versión 3 de los documentos tipo se reguló de forma pormenorizada y explicada suficientemente la forma en que procede exigir experiencias combinadas asociadas a diferentes actividades a contratar de la «Matriz 1 – Experiencia», tanto de baja o mediana y alta complejidad. En tal sentido, se prescribe que esta posibilidad puede utilizarse «Cuando el objeto del proceso de contratación contemple la ejecución de dos o más “Actividades a Contratar” (ej.: 1.1 y 7.1)», supuesto en el cual se plantean las dos opciones relacionadas con: i) solicitar solo la experiencia asociada a la «actividad a contratar» de mayor relevancia en el contrato o ii) combinar experiencias de las 2 ó más «actividades a contratar» que se van a ejecutar en desarrollo del contrato, de acuerdo con las reglas establecidas en el aparte citado previamente.


EXPERIENCIA – Combinación de experiencia – Documentos tipo – Infraestructura social


[…] el literal A del numeral 3.5.1. «CARACTERÍSTICAS DE LOS CONTRATOS PRESENTADOS PARA ACREDITAR LA EXPERIENCIA EXIGIDA» del documento base de los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura social, establece las reglas que deben tener en cuenta las entiades estatales y los particulares en caso de que se soliciten combinaciones de diferentes actividades a contratar de una misma o de diferentes matrices de experiencia:

[…]

Una vez definida la actividad principal y secundaria, la entidad estatal debe determinar los requisitos de experiencia exigibles de acuerdo con la matriz de experiencia aplicable, de alguna de la siguientes formas: i) no solicitando experiencia para la actividad secundaria, sino únicamente para la principal, siempre que esta se trate de una actividad definida en las matrices de experiencia de los documentos tipo de infraestructura social, o ii) solicitando experiencia general y específica de la actividad principal, y requiriendo la experiencia específica correspondiente a la respectiva matriz de experiencia para el caso de las actividades secundarias –salvo que la matriz aplicable no contemple experiencia específica para determinada actividad secundaria, caso en el cual se podrá solicitar la experiencia general–. La experiencia exigible para las actividades principal y secundaria, debe ser definida en función de los rangos de cuantías aplicables al respectivo proceso de contratación. En todo caso, la entidad contratante no puede incluir más de 2 combinaciones de experiencia adicionales a la prevista para la actividad principal.










































Señora

Diana María Granada Pérez

Medellín, Antioquia


Concepto C 400 de 2022


Temas: DOCUMENTOS TIPO – Generalidades – Infraestructura de transporte / EXPERIENCIA – Documentos tipo – Matriz 1 – Experiencia – Infraestructura de transporte / EXPERIENCIA – Experiencia general – Experiencia específica – Espacio público asociado a la infraestructura de transporte / EXPERIENCIA – Combinación de experiencia – Documentos tipo – Infraestructura de transporte / EXPERIENCIA – Combinación de experiencia – Documentos tipo – Infraestructura social

Radicación: Respuesta a la consulta P20220518004905



Estimada señora Granada Pérez:


En ejercicio de la competencia otorgada por el numeral 8 del artículo 11 y el numeral 5 del artículo 3 del Decreto Ley 4170 de 2011, y dentro de los términos establecidos en el artículo 14 de la Ley 1437 de 2011, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente responde su consulta del 18 de mayo de 2022.


  1. Problema planteado


Usted pregunta lo siguiente: «Amablemente solicito información sobre que [sic] pliego tipo deben usar las entidades para un proceso que incluye obras de infraestructura social y a su vez obras de infraestructura de transporte. Toda vez que incluye la construcción de una plaza y a su vez se hará intervención de vías comprometiendo un 50% del presupuesto. O si por lo contrario al existir esta dualidad no debe [acudirse] a pliego tipo o...

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