Concepto N° C-713 de 2022, de la Agencia Nacional de Contratación Pública, 27-10-2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 915377524

Concepto N° C-713 de 2022, de la Agencia Nacional de Contratación Pública, 27-10-2022

Año2022
Fecha27 Octubre 2022
Número de oficioC-713 de 2022
MateriaDOCUMENTOS TIPO VERSIÓN 3 - MATRIZ 1 DE EXPERIENCIA
RESPUESTA DIRECCIÓN CONTRACTUAL



CCE-DES-FM-17


DOCUMENTOS TIPO VERSIÓN 3 – Licitación pública para obra de infraestructura de transporte – Definición de experiencia exigible


El Decreto 680 del 22 de junio de 2021 modificó la regla de origen aplicable a los Servicios Nacionales, con el fin de acercar el mercado de compras públicas a las empresas colombianas de manera directa o indirecta, promoviendo el empleo en el país y generando emparejamientos y encadenamientos productivos. En este sentido, el parágrafo 2 del artículo 3 del Decreto 680 del 22 de junio de 2021 otorgó un plazo de tres (3) meses contados a partir de su expedición, para que la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente adecúe los Documentos Tipo a las disposiciones previstas en dicho decreto. Ante este cambio normativo, se expidió la Resolución 304 del 13 de octubre de 2021, la cual modificó los Documento Tipo a las nuevas reglas de origen aplicables a los servicios nacionales.


MATRIZ 1 – EXPERIENCIA – Requisitos de experiencia general y específica


Ahora bien, el Documento Base de licitación pública hace referencia al ámbito de aplicación, estableciendo que «Los Documentos Tipo aplica a los procesos de licitación de obra pública de infraestructura de transporte (versión 3), que correspondan a las actividades definidas en la Matriz 1 – Experiencia», manifestando además que «las actividades de infraestructura de transporte no contempladas en la Matriz 1 – Experiencia no tienen que aplicar los Documentos Tipo».


Para determinar el ámbito de aplicación de los Documentos Tipo, entonces, debe acudirse a la «Matriz 1 ─ Experiencia». Dicha matriz está constituida por ocho (8) tipos de obras de infraestructura de transporte, identificadas con un número y su descripción, los cuales son: 1) obras en vías primarias o secundarias, 2) obras en vías terciarias, 3) obras marítimas y fluviales, 4) obras en vías primarias o secundarias o terciarias para atención, prevención o mitigación de emergencias diferentes a contratación directa, 5) obras férreas, 6) obras de infraestructura vial urbana, 7) obras en puentes y 8) obras aeroportuarias. Estas obras de infraestructura de transporte, a su vez, se encuentran subdivididas en la Matriz 1 como «actividades a contratar».


DOCUMENTOS TIPO – Requisitos de experiencia general – Notas de exclusión de experiencia


En los Documento Tipo se deberá tener en cuenta los requisitos de experiencia exigibles por cuenta de la Matriz 1, conforme al tipo de obra, actividad y cuantía del proceso. Además, se deberá tener en cuenta las notas incorporadas en la experiencia general, que excluyen contratos cuyo objeto u alcance sea exclusivamente en ciertas actividades señaladas en la Matriz 1. En aquellos casos en que por las características del objeto a contratar se requiera la verificación de requisitos del proponente adicionales a los contenidos en el Registro, la Entidad Estatal podrá hacer tal verificación en forma directa, con el fin de convalidar la experiencia aportada cumple con los requisitos establecidos en el Documento Tipo.


Señor

Jhon Fredy Abril Ardila

Villavicencio, Meta



Concepto C – 713 de 2022


Temas:

DOCUMENTOS TIPO VERSIÓN 3 – Licitación pública para obra de infraestructura de transporte – Definición de experiencia exigible / MATRIZ 1 – EXPERIENCIA – Requisitos de experiencia general y específica / DOCUMENTOS TIPO – Requisitos de experiencia general – Notas de exclusión de experiencia

Radicación:

Respuesta a consulta P20220915009285



Estimado señor Abril Ardila:


En ejercicio de la competencia otorgada por el numeral 8 del artículo 11 y el numeral 5 del artículo 3 del Decreto Ley 4170 de 2011, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente responde su consulta del 15 de septiembre de 2022.


  1. Problema planteado


Usted realiza la siguiente consulta:


«Sírvase aclarar si los contratos de infraestructura de transporte, cuyo alcance o dentro de sus actividades incluyan la ejecución de una obra como boxculvert o puentes, puede ser valido como experiencia general así dentro del objeto del contrato aportado no se mencione dicha actividad ejemplo “Mejoramiento de la vía San Nicolas- El Vergel. Lo anterior teniendo que se esta (sic) interpretando taxativamente el objeto del contrato con la exigencia de la matriz. Seria (sic) importante que dentro de la descripción de la experiencia se incluyera la palabra alcance».


  1. Consideraciones


En ejercicio de las competencias establecidas en los artículos 3.5 y 11.8 del Decreto 4170 de 2011, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente resuelve las consultas sobre los asuntos de su competencia, esto es, sobre las temáticas de la contratación estatal y compras públicas relacionadas en los artículos citados. Es necesario tener en cuenta que esta entidad solo tiene atribuciones para responder solicitudes sobre la aplicación de normas de carácter general en materia de compras y contratación pública. En ese sentido, resolver casos particulares desborda las atribuciones asignadas por el legislador extraordinario, que no concibió a la Agencia como una autoridad para solucionar problemas jurídicos particulares de todos los partícipes de la contratación estatal.

La competencia de esta entidad se fija con límites claros, con el objeto de evitar que se actúe como una instancia de validación de las actuaciones de las entidades sujetas a la Ley 80 de 1993 o de los demás participantes de la contratación pública1. Esta competencia de interpretación de normas generales, por definición, no puede extenderse a la resolución de controversias, ni a brindar asesorías sobre casos puntuales. De esta manera, la Subdirección resolverá la consulta conforme a las normas generales en materia de contratación estatal, para tal efecto resolverá los siguientes temas: i) Obligatoriedad de los Documento Tipo versión 3 – Licitación pública para obra de infraestructura de transporte; ii) Ámbito de aplicación, definición de experiencia exigible (Matriz 1) y sus notas.

La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente ha estudiado del ámbito de aplicación de los Documento Tipo en los conceptos C-645 del 6 de noviembre de 2020, C-673 del 11 de noviembre de 2020, C-692 del 27 de noviembre de 2020, C-778 del 18 de enero de 2021, C-021 del 22 de febrero de 2021, C-091 del 23 de marzo de 2021, C-200 del 14 de mayo de 2021, C-231 del 24 de mayo de 2021, C-267 de 2 de junio de 2021, C-370 del 28 de julio de 2021, C-380 del 29 de julio de 2021 y C-643 del 17 de noviembre de 2021, entre otros.

Así mismo, la Agencia Nacional de Contratación Pública − Colombia Compra Eficiente se pronunció sobre los pliegos de condiciones en la contratación estatal, así como su inalterabilidad y sus excepciones, entre otros, en los conceptos C–144 de 2 de marzo de 2020, C-174 del 16 de marzo de 2020 C-129 del 24 de marzo de 2020, C-193 del 6 de abril de 2020, C–189 del 8 de abril de 2020, C-009 del 27 de abril de 2020, C-289 del 26 de mayo de 2020, C-384 del 4 de junio de 2020, C-328 del 30 de junio de 2020, C-397 del 30 de junio de 2020, C-327 del 10 de julio de 2020, C-332 del 26 de mayo de 2020, C-354 del 4 de junio de 2020, C-387 del 23 de junio de 2020, C-379 del 30 de junio de 2020, C-411 del 30 de junio de 2020, C-415 del 7 de julio de 2020, C-443 del 7 de julio de 2020, C-427 del 9 de julio de 2020, C-395 del 9 de julio de 2020, C-327 del 10 de julio de 2020, C-444 del 13 de julio de 2020, C-429 del 24 de julio de 2020, C-466 del 24 de julio de 2020, C-420 del 28 de julio de 2020, C-485 del 29 de julio de 2020, C-501 del 29 de julio de 2020, C-478 del 30 de julio de 2020, C-450 del 3 de agosto de 2020, C-497 del 6 de agosto de 2020, C-528 del 18 de agosto de 2020, C-531 del 21 agosto de 2020, C-546 del 26 de agosto de 2020, C-597 del 14 de septiembre de 2020, C-618 del 17 de septiembre de 2020, C-633 del 2 de octubre de 2020, C-630 del 21 de octubre de 2020, C-643 del 26 de octubre de 2020, C-635 del 29 de octubre de 2020, C-653 del 9 de noviembre de 2020, C-665 del 11 de noviembre de 2020, C-698 del 19 de noviembre de 2020, C-716 del 30 de noviembre de 2020, C-775 de 2020 del 11 de diciembre de 2020, C-031 del 1 de febrero de 2021, C-027 del 1 de marzo de 2021, C-064 del 8 de marzo 2021, C-157 del 13 de abril de 2021, C-204 del 6 de mayo de 2021, C-215 del 12 de mayo de 2021, C-263, C-268 del 3 de junio de 2021, C-287, C-304 del 28 de junio de 2021, C-361 del 2 de agosto de 2021, C-425 del 19 de...

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