Concepto Nº CGR-OJ-030 de 2024 de Contraloría General de la República, 22-02-2024 - Normativa - VLEX 1027949111

Concepto Nº CGR-OJ-030 de 2024 de Contraloría General de la República, 22-02-2024

Número de oficioCGR-OJ-030 de 2024
Fecha22 Febrero 2024
EmisorContraloría General de la República (Colombia)
CONTRALORÍA
GENERAL
DE
LA
REPÚBLICA
Defender
/untos
los
recursos
blicos
¡Tiene
Sentido!
CGR
-
OJ
-
030
de
2024
80112-
Contraloria
General
de
la
República
::
SGD
22-02-2024
08:52
Al
Contestar
Cite
Este
No.:
2024IE0020857
Fol:13
Anex:0
FA:0
ORIGEN
60112
OFICI
NA
JURÍDICA/ISO
UAR
JAVIER
TOBO
RODRIGUEZ
DESTINO
87111
DESPACHO
DEL
CONTRALOR
DELEGADO
PARA
EL
MEDIO
AMBIENTE/ADA
AMERICAMILLARES
ESCAMILLA
ASUNTO
CONCEPTO
OBS
Bogotá
D.C
2024IE0020857
Doctora
ADA
AMÉRICA
MILLARES
ESCAMILLA
Contralora
Delegada
para
el
Medio
Ambiente
Contraloría
General
de
la
República
ada.millares@contraloria.gov.co
Referencia:
Respuesta
solicitud
de
concepto
con
radicados
SIGEDOC
CGR
2023IE01
33095
del
19
de
diciembre
de
2023
y
2023IE0085940
del
25
de
agosto
de
2023.
ALCANCE
DE
LA
RESPONSABILIDAD
FISCAL
POR
LOS
DAÑOS
AMBIENTALES
DERIVADOS
DE
LA
DEFORESTACIÓN.
Asunto:
Respetada
doctora
Ada
América:
La
Oficina
Jurídica
de
la
Contraloría
General
de
la
República
-CGR-
recibió
las
comunicaciones
citadas
en
la
referencia,
las
cuales
se
procede
a
responder
a
continuación:
1.
Antecedentes
Mediante
radicado
2023IE0085940
del
25
de
agosto
de
2023
de
la
Contraloría
General
de
la
República
-CGR-,
se
informa
que
la
Dirección
de
Desarrollo
Sostenible
y
Valoración
de
Costos
Ambientales
de
la
Contraloría
Delegada
para
el
Medio
Ambiente
y
la
Agencia
para
el
Desarrollo
Internacional
del
Gobierno
de
los
Estados
Unidos
-USAID-,
en
el
marco
del
convenio:
"Fortalecimiento
de
la
Capacidad
Institucional
de
la
CGR
en
la
Vigilancia
y
Control
Fiscal
de
la
Deforestación
en
Sectores
Transversales
y
Afines
a
los
Asuntos
Ambientales
en
Colombia",
ban
venido
trabajando
en
el
diseño
de
un
procedimiento
piloto
para
la
incorporación
del
concepto
de
daño
fiscal
ambiental
en
el
proceso
de
responsabilidad
fiscal.
En
virtud
de
lo
anterior,
se
presenta
la
siguiente
consulta:
"En
desarrollo
de
este
convenio
se
han
obtenido
importantes
productos
como
la
Caracterización
y
Conceptualización
del
Daño
Ambiental:
Herramientas,
Metodologías
y
Soportes
Normativos
en
el
marco
del
Control Fiscal
de
la
CGR'
en
Carrera 69
No.
44-35
Piso
1
Código
Postal
111071
PBX
518
7000
cgr@contraloria.gov.co
www.contraloria.gov.co
Bogotá,
D.
C.,
Colombia
Página
1
de
26
CONTRALORÍA
GENERAL
DE
LA
REPÚBLICA
Defender
juntos
los
recursos
blicos
¡Tiene
Sentido!
el
que
además
de
explorar
la
dimensión
normativa
del
daño
ambiental
y
sus
tipos,
se
analizaron
sus
dinámicas
ecosistémicas
y
ecomicas
para
finalmente
llegar
a
algunos
elementos
hacia
la
configuración
de
una
definición
sobre
el
Daño
Fiscal
Ambiental.
Igualmente
se
efectuó
un
ejercicio
de
validación
de
la
cuantificación
biofísica
y
monetaria
del
daño
ambiental
con
un
estudio
de
caso
en
el
Departamento
del
Guaviare.
(...)
Es
así
que
en
el
momento
actual,
surge
la
discusión
de
si
las
definiciones
logradas
en
el
proceso
en
mención,
como
son
las
de
daño
fiscal
ambiental
y
patrimonio
público
natural,
punto
de
partida
para
viabilizarla
responsabilidad
fiscal
y
por
ende
la
forma
que
adquiere
el
resarcimiento,
son
suficientes
para
justificar
y
soportar
un
proceso
de
responsabilidad
fiscal.
El
mismo
sentido,
dado
que
el
proceso
de
responsabilidad
fiscal
está
cobijado
en
todos
sus
componentes
por
la
Ley
610
de
2000
y
tiene
en
el
concepto
de
daño
patrimonial
una
de
sus
piedras
angulares
en
tanto
que,
de
su
ocurrencia
deriva
la
responsabilidad
fiscal,
los
(sic)
conceptos
arriba
citados
deben
ser
precisados
en
la
relación
con
el
daño
y
las
actuaciones
dolosas
o
gravemente
culposas
realizadas
por
el
gestor
fiscal
respecto
a
los
recursos
naturales.
(...)
es
por
esto
que
estoy
solicitando
que
se
emita
concepto
en
relación
con
el
documento
elaborado
de
tal
forma
que
nos
brinde
los
elementos
necesarios para
dilucidar
y
alcanzar
definiciones
en
el
sentido
de
establecer
si
con
la
normatividad
actual
es
posible
determinar
una
responsabilidad
fiscal
derivada
de
un
daño
a
ios
recursos
naturales,
estableciendo
las
exigencias
probatorias
y
su
operatividad;
o
si
por
el
contrario
es
necesario
explorar
la
modificación
de
la
Ley
610
de
2000
para
consagrar
legalmente
la
figura
del
daño
al
patrimonio
público
natural
e
incluir
los
demás
elementos
necesarios
para
considerar
este
daño
fiscal
ambiental
.
Esta
solicitud
fue
reiterada
por
la
Contraloría
Delegada
para
el
Medio
Ambiente,
mediante
el
radicado
2023IE0133095
del
19
de
diciembre
de
2023.
En
dicho
documento
se
señaló
que,
en
el
marco
del
Convenio
mencionado,
la
Agencia
para
el
Desarrollo
Internacional
del
Gobierno
de
los
Estados
Unidos
-USAID-,
contrató
a
la
Universidad
del
Rosario,
institución
que
estudió
los
productos
y
reali
reflexiones
en
relación
con
el
patrimonio
público
ambiental,
el
daño
fiscal
ambiental,
el
alcance
de
las
funciones
de
la
Contraloría
General
de
la
República,
la
normativa
y
los
actores
involucrados.
A
través
del
radicado
mencionado
en
el
párrafo
anterior,
se
solicitó
a
este
Despacho
una
respuesta
sobre
la
posibilidad
de
incorporar
elementos
ecológicos,
biofísicos,
socioeconómicos
y
jurídicos
dentro
del
control
fiscal
de
la
Contraloría
General
de
la
República,
bajo
el
concepto
de
patrimonio
público
ambiental,
preguntando
si
era
necesaria
una
reforma
normativa.
Para
la
atención
de
esta
consulta,
se
aportaron
los
siguientes
documentos
técnicos
y
productos
construidos
con
la
Agencia
para
el
Desarrollo
Internacional
del
Gobierno
de
los
Estados
Unidos
-USAID-:
Carrera 69
No.
44-35
Piso
1
Código
Postal
111071
PBX
518
7000
cgr@contraloria.gov.
co
www.contraloria.gov
co
Bogotá,
D.
C.,
Colombia
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