Concepto Nº CGR-OJ-0162-2021 de Contraloría General de la República, 22-09-2021 - Normativa - VLEX 879043370

Concepto Nº CGR-OJ-0162-2021 de Contraloría General de la República, 22-09-2021

Fecha22 Septiembre 2021
Número de oficioCGR-OJ-0162-2021
EmisorContraloría General de la República (Colombia)
) CONTRALORÍA
GENERAL DE LA REPÚBLICA
CGR—OJ-
80112 -
Bogotá D.C.,
- 2021
Señora
JACKELINE CRUZ ROMERO
Calle 22A BIS A No. 94-32
Bogotá, D.C.
Cel. 3007349677
Jacky.1215@hotmail.com
REFERENCIA:
Radicado Interno: 2021ER0092295 de 29 de julio de 2021.
TEMA:
SANCIONES, MULTAS E INTERESES MORATORIOS POR
INCUMPLIMIENTO DE LAS
OBLIGACIONES DE LOS
RETENEDORES O RECAUDADORES DE IMPUESTOS.
El
cobro es objeto de la administración tributaria y no del Proceso de
Responsabilidad fiscal.
Señora Jackeline:
La Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República -CGR- recibió la consulta
citada en la referencia', la cual respondemos a continuación:
1.Antecedentes
La peticionaria solicita que se conceptúe por parte de la oficina jurídica de la DIAN la
obligación de las entidades públicas en el pago de sanciones tributarias por la falta de
presentación y/o pago de las responsabilidades tributarias nacionales y municipales,
como declaración de retenciones, ICA, estampillas entre otros.
Indica ser funcionaria del INPEC y la duda se genera teniendo en cuenta que esto se
considera detrimento patrimonial del estado y genera responsabilidades fiscales y
penales de acuerdo con el: Concepto Consejo de Estado Sala e Consulta y Servicio
Civil, radicado No. 110001 - 03-06-000-2001-00077-00 (1852) en el que se declara
Daño Patrimonial por pago de multas, sanciones e intereses de mora entre entes
públicos, para una entidad estatal "en el caso concreto del pago de multas, sanciones
e intereses de mora entre entes de carácter público, hay que determinar si ellos se
produjeron por la conducta dolosa, ineficiente, ineficaz o inoportuna o por una omisión
1
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Art. 14, numeral 2°, sustituido por el artículo 1
de la Ley 1755 de 2015: "Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades en relación con las
materias a su cargo deberán resolverse dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepción".
Carrera 69 No.44- 35 Piso 15 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000
cgr@contraloria.gov.co
• www.contraloria.gov.co
• Bogotá D.C., Colombia
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