Concepto Nº CGR-OJ-0194-2022 de Contraloría General de la República, 25-10-2022 - Normativa - VLEX 915693705

Concepto Nº CGR-OJ-0194-2022 de Contraloría General de la República, 25-10-2022

Fecha25 Octubre 2022
Número de oficioCGR-OJ-0194-2022
EmisorContraloría General de la República (Colombia)
-2022
llllllllllllllllllllllllllllllllllllllllllllll
2022EE0187150
Bogotá
D.C.,
Referencia:
Tema:
Respetado
Señor:
1.
Antecedente.
Mediante
su
oficio,
formula
la
siguiente
consulta
jurídica:
Página
I
de
13
La
Oficina
Jurídica
de
la
Contraloría
General
de
la
República
-CGR-
recibió
la
comunicación
citada
en
la
referencia,
la
cual
procedemos
a
responder
a
continuación:
CGR-OJ-
80112
-
Carrera
69
No.
44-35
Piso
1
Código
Postal
111071
PBX
518
7000
cgr@contraloria.gov.
00
www.contraloria.gov.co
Bogotá.
D.
C.,
Colombia
Respuesta
a
su
oficio
radicado
con
Nos.
SIGEDOC
2022ER0152188
y
SIPAR
2022-250560-8211
1-CO.-
VIGILANCIA
Y
CONTROL
FISCAL
-
CONTROL
CONCOMITANTE
Y
PREVENTIVO
-
FUNCIÓN
DE
ADVERTENCIA
Contraloría
General
de
la
Republica
::
SGD
25-10-2022
08:45
Al
Contestar
Cite
Este
No.;
2022EE0187150
Fol:7
Anex:2
FA:0
ORIGEN
801
12-OFICINA
JURÍDICA/ISOUAR
JAVIER
TOBO
RODRIGUEZ
DESTINO
ANDRES
MATEO
PALOMINO
RIOS
ASUNTO
CONCEPTO
OBS
1.
Explique
las
diferencias
entre
las
(sic)
función
de
advertencia
establecida
por
el
numeral
del
articulo
del
Decreto
267
de
2000
(declarado
inexequible
por
la
Sentencia
C-1
03/15),
y
la
función
de
advertencia
establecida
por
el
Decreto
403
de
2020.
2.
Remitir
el
procedimiento
establecido
por
esa
entidad
para
el
ejercicio
de
la
función
de
advertencia
y
posterior
publicación
en
el
Sistema
General
de
Advertencia
Público.
3.
Informar
cuantas,
y
cuales
advertencias
se
han
emitido
desde
la
entrada
en
vigencia
del
Decreto
403
de
2020,
en
dado
caso
que
no
se
haya
emitido
ninguna,
explicar
por
qué.
4.
¿Qué
incidencias
económicas
para
el
sujeto
de
control
han
contemplado
en
el
ejercicio
de
la
función
de
advertencia?
5.
Cuál
es
la
definición
y
parámetros
de
medición
de
los
criterios
excepcionales
para
la
aplicación
de
la
función
de
advertencia
(Trascendencia
social.
Alto
impacto
ambiental
y
Alta
connotación
económica).
6.
Procedimiento
para
la
aprobación
de
los
beneficios
de
control
fiscal.
7.
Remitir
los
beneficios
a
nivel
cualitativo
y/o
cuantitativo
que
se
han
aprobado
como
producto
del
ejercicio
del
control
fiscal
en
las
vigencias
2019,
2020,
2021
y
2022.
Señor
ANDRÉS
MATEO
PALOMINO
RÍOS
mateopalom¡nor¡os(g)
gmail.com
mateopalominor(5)
qma¡l.com
CONTRALORÍA
GENERAL
DE
LA
REPUBLICA
194

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