Concepto número 0003 de 2009 - 16 de Abril de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 57083983

Concepto número 0003 de 2009

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín47322

Pregunta: ¿Es posible que la autoridad aduanera acepte un Certificado de Origen, en el cual, la casilla "Oservaciones" señala que "cancela y sustituye" un Certificado de Origen anterior? Respuesta: Cuando se trata de rectificar o corregir errores de forma en los Certificados de Origen, Pais Miembro exportador debera seguir las instrucciones impartidas en el respectivo Acuerdo Comercial.

No obstante y en la medida que se determine expedir un nuevo Certificado de Origen que corrija uno anterior, este podra incluir en la casilla "Observaciones" cualquier exprecomo por ejemplo "cancela", "sustituye", "anula", "corrige", "modifica";

"aclara" "reemplaza", "enmienda", etc., siempre y cuando se indique de...

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