Concepto con radicado N° 20191200271601 de la Agencia Nacional de Minería, 13/08/2019 - Normativa - VLEX 863386739

Concepto con radicado N° 20191200271601 de la Agencia Nacional de Minería, 13/08/2019

Fecha13 Agosto 2019
Número de radicado20191200271601
4
AGENCIA NACIONAL DE
1
)
11111111111111111111111101111111111111111111111111
Radicado ANM No 20191200271601
MINERÍA
Bogotá D.C, 13-08-2019 16:29 PM
Señora
Patricia Londoño Arango
pato107@hotmail.com
Calle 67A No. 28B - 37 Torre 3 apto 101
Manizales, Caldas
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t AGENCIA NACIONAL DE
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MINERtA
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NIT.. 900.500.018-2
14 ASO 1019
I
VENTANILLA DE CORRESPONDENCIA \
Avenida Calle 26 No. 59 - 51 Edcio Argos
BagOtá, D.C. -
cdombia
Redb•kr
Asunto: Su solicitud de consulta relacionada con contratos sobre áreas de aporte, radicada con el
número 20199090326922.
Cordial saludo,
En atención a su solicitud de consulta del asunto, nos permitimos dar respuesta, previas las
siguientes consideraciones:
Sea lo primero señalar, que en virtud del artículo 12 del Decreto - Ley 4134 de 2011, los
pronunciamientos emitidos por la Oficina Asesora Jurídica de la Agencia Nacional de Minería están
dirigidos a brindar una ilustración jurídica general y no particular, sin perjuicio de las actuaciones
que consideren pertinente adelantar los funcionarios competentes en cada caso concreto. Así
mismo, el presente concepto es emitido en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley
1755 de 2015, razón por la cual carece de efectos vinculantes.
¿Qué legislación minera regula los contratos mineros de aportes que fueron inscritos
bajo el Decreto 2655 de 1988 a la fecha de radicación del presente derecho de petición?
En relación con el aporte minero, el Decreto 2655 de 1988 en su artículo 48 dispuso que
ese! acto
por el cual el
Ministerio
otorga a sus entidades adscritas o vinculadas que tengan dentro de sus
fines la actividad minera, la facultad
temporal
y exclusiva de explorar y explotar los depósitos o
yacimientos de uno o varios minerales
que
puedan existir en un área determinada.
Por su parte, los artículos 78 y 79 del referido decreto, disponen que los términos y condiciones de
los contratos mineros celebrados por estas entidades, para la exploración y explotación de las
áreas recibidas en aporte serían los que en cada caso acuerden los interesados.
En ese orden se tiene que los contratos en virtud de aporte son contratos de naturaleza especial
que se celebran sobre las denominadas áreas de aporte, y que a pesar de estar regulados en lo
general por el Decreto 2655 de 1988, se rigen por lo pactado entre la entidad adscrita al Ministerio
de Minas y Energía y el tercero contratante. Se trata pues de una figura jurídica en la que se cuenta
Bogotá D.C., Avenida Calle 26 No. 59 - 51 Pisos 8, 9 y 10 Teléfono: (571) 2201999
Web: httpitwww.anm.gov.co
Email : contactenosCanm gov.co
Código Postal: 111321

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