CONCEPTO 1105 RD 3384 - 22 de Agosto de 2005 - Registro distrital - Legislación - VLEX 447987134

CONCEPTO 1105 RD 3384

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3384 22 AGOSTO 2005
EmisorSecretaria de Hacienda
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 39 • Número 3384 • pP. 1-25 • 2005 • AGOSTO 22 25
Bogotá, D.C., 12 de agosto de 2005
Concepto Número 1105
Para contestar cite este número
2005EE210867
237 /12-08-05
Ingeniero
ELKIN RAMÓN MEJÍA FUENTES
Jefe División de Recursos Físicos
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
Campus Universitario, Edificio Uriel Gutiérrez,
Oficina 322
Tel. 3165313
Ciudad.
Referencia: Radicación 2005ER38978 del 8 de
junio de 2005.
Tema: Impuesto de Delineación. Impuesto
Predial Unificado
Subtema: Exenciones Universidad Nacional.
Respetado Ingeniero:
De acuerdo con los numerales 2 y 3 del artículo 22 del
compete a este Despacho interpretar de manera gene-
ral y abstracta la aplicación de las normas tributarias
distritales, manteniendo la unidad doctrinal de la Di-
rección de Impuestos Distritales.
CONSULTA
Mediante Resolución 279 del 23 de mayo de 2005 del
Departamento Administrativo de Planeación Distrital de
la Alcaldía Mayor de Bogotá, se adoptó el PLAN DE
REGULARIZACIÓN Y MANEJO DE LA UNIVERSIDAD
NACIONAL DE COLOMBIA.
Actualmente la Universidad está gestionando la radi-
cación de la Licencia de Construcción y Urbanismo
para llevar a cabo el proyecto Jardín Infantil Universi-
dad Nacional.
Existe exención del impuesto predial respecto de los
bienes inmuebles de propiedad de la Universidad Na-
cional de Colombia, situados en la ciudad de Bogotá
D.C. de conformidad con los artículos 2º del Acuerdo 8
de 1974 del Concejo Distrital, 8º del Decreto Distrital
352 de 2002 y 160 del decreto 1421 de 1993.
Teniendo en cuenta lo anterior, por medio de la pre-
sente, nos permitimos consultar si la Universidad está
obligada o no al pago del impuesto de delineación para
llevar a cabo el mencionado Proyecto.
RESPUESTA:
Como la consulta hace referencia al tema de exencio-
nes a favor de la Universidad Nacional tanto para el
impuesto predial como para el tema del impuesto de
delineación, la respuesta se ha de separar conforme al
tema de cada uno de los tributos.
EXENCIONES AL IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO
Mediante Concepto 922 se concluyó que la Universi-
dad Nacional de Colombia gozaba de exención del im-
puesto predial por los predios de su propiedad en vir-
tud de que se consideraba vigente la exención respec-
to de todo tipo de gravámenes establecida en el artí-
culo 6º de la Ley 65 de 1963.
Se hizo referencia en aquel concepto, al Concepto 368
del Consejo de Estado de fecha 27 de agosto de 1990,
que concluyó que la Ley 65 de 1963 estaba vigente por
haber sido expedida antes del Acto Legislativo No. 2
de 1987 que reformó la constitución y prohibió a la
Nación conceder exenciones sobre impuestos de pro-
piedad de los municipios, y que los efectos de dicha
reforma solo surten efectos a futuro.
Esta conclusión del Consejo de Estado fue encontra-
da contraria a la señalada por la Corte Constitucional
en sentencia C-177 de 1996, donde se dilucidó que
dicho argumento no es lógico, pues de conformidad
con el artículo 4 de la Constitución, en concordancia
con el 9 de la ley 153 de 1887, dichas disposición legal
dejó de regir por ser contraria a un artículo de la Carta
Constitucional y al Acto Legislativo No. 2 de 1987.
Ante esta Contradicción entre dos pronunciamientos
de dos corporaciones judiciales del más alto orden se
resolvió no aplicar la excepción de inconstitucionalidad
prevista en el artículo 4º de la actual Carta Magna pues
si bien es cierto que todas las personas, en especial
los funcionarios públicos, debemos ajustarnos a los
preceptos constitucionales, dejando de aplicar las nor-
mas que abiertamente contravengan alguna de las dis-
posiciones contenidas en la Carta Magna, debemos
respetar las normas cuando su contradicción con la
Constitución no sea claramente definida. De esta for-
ma en el Concepto 922 estimamos vigente la Ley 65
de 1963.
No obstante la diferencia entre las posiciones defini-
das por las corporaciones judiciales se considera re-
suelta, pues recientemente el Consejo de Estado ante
nueva consulta sobre la vigencia de la Ley 65 de 1963
en Concepto de fecha 25 de noviembre de 2004, radi-
cado 1611, dijo:
"Ahora bien, la Constitución de 1991 guarda co-
herencia en el sentido de que si son los munici-
CONCEPTO DE 2005

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