Concepto de Secretaria Distrital de Planeación, 15-07-2019. (Aplicación del Decreto Distrital 553 de 2018 en el ámbito del POZ Usme.) - Normativa - VLEX 828879109

Concepto de Secretaria Distrital de Planeación, 15-07-2019. (Aplicación del Decreto Distrital 553 de 2018 en el ámbito del POZ Usme.)

Fecha de publicación15 Julio 2019
MateriaJurídica: Análisis y Conceptos Jurídicos
EmisorSecretaría Distrital de Planeación (Colombia)
SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Folios: 4
Anexos: No
No. Radicación: 2-2019-49329 No. Radicado Inicial: 3-2019-16065
No. Proceso: 1481923 Fecha: 2019-07-25 18:43
Tercero: SECRETARIA DISTRITAL DE PLANEACION - SDP
Dep. Radicadora: XDirección de Análisis y Conceptos Jurídicos
Clase Doc: Salida Tipo Doc: Memorandos Consec:
EVITE ENGAÑOS: Todo trámite ante esta entidad es gratuito, excepto los costos de reproducción de documentos. Verifique su respuesta en la
página www.sdp.gov.co link "Estado Trámite". Denuncie en la línea 195 opción 1 cualquier irregularidad.
Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente
Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999
MEMORANDO
Fecha: 23 de julio de 2019
Para: LEÓN DARIO ESPINOSA RESTREPO
Director de Planes Parciales
De: MIGUEL HENAO HENAO
Director de Análisis y Conceptos Jurídicos
Radicado: 3-2019-16065
Asunto: Solicitud de apoyo aclaración Decreto Distrital 553 de 2018 – Incentivos
para el desarrollo de Vivienda de Interés Prioritario.
Estimado León:
Esta Dirección recibió la comunicación del asunto, mediante la cual solicita
pronunciamiento respecto de la aplicación del Decreto Distrital 553 de 2018 para el suelo
de expansión Norte, Sur y Occidental, y en general para áreas que cuentan con un
régimen especial diferente a los mínimos establecidos en dicho decreto.
Al respecto, se procede a la valoración del tema acorde con las competencias asignadas
a esta Dirección en el Decreto Distrital 016 de 2013. Cabe advertir que, el presente
concepto se emite en los términos del artículo 28 de la Ley 1437 de 2011, sustituido por el
artículo de la Ley 1755 de 2015, según el cual “Salvo disposición legal en contrario, los
conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del
derecho a formular consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución”.
Sobre el particular, es preciso indicar que el Decreto Distrital 553 de 2018 reglamenta el
artículo 105 del Acuerdo Distrital 645 de 2016 “Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo
Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2016 - 2020 "Bogotá
Mejor Para Todos” y se adoptan otras disposiciones”.
De conformidad con la comunicación 2-2016-32491 de la Secretaría Distrital de
Planeación, una vez expedido el Decreto Distrital 553 de 2018, ya no se dará aplicación al
Decreto Nacional 1077 de 2015 sobre los porcentajes de suelo destinados a VIP y el
procedimiento para el cumplimiento de los mismos, con excepción de las remisiones
expresas que se realizan en el mencionado decreto distrital.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR