Concepto de Secretaria Distrital de Planeación, 02-08-2021. (Concepto sobre intervención en infraestructura en barrios que no se encuentran legalizados) - Normativa - VLEX 896133747

Concepto de Secretaria Distrital de Planeación, 02-08-2021. (Concepto sobre intervención en infraestructura en barrios que no se encuentran legalizados)

Fecha de publicación02 Agosto 2021
MateriaJurídica: Análisis y Conceptos Jurídicos
EmisorSecretaría Distrital de Planeación (Colombia)
SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Folios: 5
Anexos:
No. Radicación: 3-2021-18101 No. Radicado Inicial: 3-2021-
16080
No. Proceso: 1761784 Fecha: 2021-08-02 11:38
Tercero: SECRETARIA DISTRITAL DE PLANEACION - SDP
Dep. Radicadora: XDirección de Análisis y Conceptos Jurídicos
Clase Doc: Interno Tipo Doc: Memorandos Consec:
EVITE ENGAÑOS: Todo trámite ante esta entidad es gratuito, excepto los costos de reproducción de documentos. Verifique
su respuesta en la página www.sdp.gov.co link "Estado Trámite". Denuncie en la línea 195 opción 1 cualquier irregularidad.
Cra. 30 Nº 25 -90
pisos 5, 8,13 / SuperCade piso 2
Archivo Central de la SDP
Cra 21 Nª69B-80 ext. 9014-9018
PBX: 335 8000
www.sdp.gov.co
Código Postal: 1113111
Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente.
Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999.
MEMORANDO
Para: OSWALDO HUMBERTO PINTO GARCÍA
Dirección de Análisis y Conceptos Jurídicos
De: GLENDA AMPARO LUNA SALADEN
Dirección de Legalización y Mejoramiento Integral de Barrios
Fecha: 02 de agosto de 2021
Radicado: 3-2021-16080, 1-2021-57577 y 1-2021-57743
Asunto: Concepto sobre intervención en infraestructura en barrios que no se
encuentran legalizados.
Respetada doctora Glenda,
Esta Dirección recibió su consulta en la que nos indica:
“Para dar respuesta de fondo a la solicitud del alcalde Local de Chapinero, quien
mediante el oficio del asunto requiere aclaración sobre la legalidad de las
intervenciones de infraestructura física de las entidades estatales, para el caso los
desarrollos ubicados en la UPZ-89 San Isidro Patios, teniendo en cuenta que en el
escrito del asunto cita que:
“(…) no es fácil rastrear la documentación correspondiente a la regulación de la norma
urbana en la UPZ 89, puesto que, aunque el polígono de dicha UPZ se encuentra en
la herramienta de información geográfica, no es posible identificar la normatividad
vigente.”
(…)
Es importante anotar que el sector en consulta, incluido en su momento por el POT
como suelo urbano, correspondiente la UPZ San Isidro - Los Patios, fue clasificado
como suelo rural según la Resolución de la SDP 228 de marzo 04/2015, “Por la cual
se dilucidaron unas imprecisiones cartográficas en los Mapas del Decreto 190 de
2004, se precisa el límite del Perímetro Urbano de Bogotá D.C. y se dictan otras
disposiciones” ; a la fecha los barrios que la conforman están pendientes de ser
legalizados”.
Adicionalmente, se observa en la solicitud de la Alcaldía Local de Chapinero las siguientes
inquietudes:

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