Concepto de Secretaria Distrital de Planeación, 25-01-2023. (Concepto sobre competencias para incorporación de predios por sentencia judicial.) - Normativa - VLEX 928150285

Concepto de Secretaria Distrital de Planeación, 25-01-2023. (Concepto sobre competencias para incorporación de predios por sentencia judicial.)

Fecha de publicación25 Enero 2023
EmisorSecretaría Distrital de Planeación (Colombia)
SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Folios: 4 Anexos:
No. Radicación: 3-2023-02520 No. Radicado Inicial: 3-2022-31189
No. Proceso: 2044289 Fecha: 2023-01-25 14:07
Tercero: SECRETARIA DISTRITAL DE PLANEACION - SDP
Dep. Radicadora: XSubsecretaría Jurídica
Clase Doc: Interno Tipo Doc: Concepto jurídico Consec:
EVITE ENGAÑOS: Todo trámite ante esta entidad es gratuito, excepto los costos de reproducción de documentos. Verifique
su respuesta en la página www.sdp.gov.co link "Estado Trámite". Denuncie en la línea 195 opción 1 cualquier irregularidad.
Cra. 30 Nº 25 -90
pisos 5, 8,13 / SuperCade piso 2
Archivo Central de la SDP
Cra 21 Nª69B-80 ext. 9014-9018
PBX: 335 8000
www.sdp.gov.co
Código Postal: 1113111
Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente.
Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999.
MEMORANDO
Para: DAYANA ESPERANZA HIGUERA CANTOR
Subdirectora de Mejoramiento Integral
De: DEISI LORENA PARDO PEÑA
Directora de Análisis y Conceptos Jurídicos
Fecha: 25 de enero de 2023
Radicado: 3-2022-31189
Asunto: Consulta sobre competencias para incorporación de predios por sentencia
judicial.
Predio con dirección CL 9B 5A 66 ESTE
Chip AAA0229APPP
Estimada Dayana:
Esta Dirección recibió la solicitud de concepto jurídico relacionada en el asunto, en la que se
señala que recibió consulta, mediante la cual un tercero señala que El predio cuenta con folio
de matrícula inmobiliaria 50C-1818802 Y EL MISMO FUE ADQUIRIDO POR MEDIO DE
SENTENCIA DE DECLARACION JUDICIAL DE PERTENENCIA EMANADA POR EL
JUZGADO TREINTA (30) CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTA DE FECHA NOVIEMBRE 16 DE
2010 (…) y solicita “se proceda al acatamiento de dicho pronunciamiento judicial y en
consecuencia, se determine la desafectación del mencionado predio como bien de uso público
y se reconozca que sobre el mismo la titularidad recae en cabeza de persona particular. (…)”.
Así mismo, esa Dirección expone los antecedentes urbanísticos del predio, entre los que se
señala que consultada la Base de Datos Geográfica Corporativa- BDGC, se define que el
predio catastral identificado con dirección CL 9B 5A 66 ESTE y chip AAA0229APPP,
corresponde parcialmente a la Zona Verde No 1 y al lote urbanístico 3 de la manzana 48 (6),
plano de legalización SF12/4-00 desarrollo “Julio Cesar Turbay Ayala (Egipto Alto)- Altos de
Egipto”, legalizado mediante la Resolución N° 1126 de diciembre 18 de 1996 modificada
parcialmente por la Resolución 964 de 2006 (…).
Adicionalmente, indica que se dio traslado del requerimiento mediante memorando interno 3-
2022-24124 a la Dirección de Información, Cartografía y Estadística, hoy Dirección de
Cartografía, solicitando el análisis del caso, ante lo cual la dicha Dirección dio respuesta
informando que se requiere que la entonces Dirección de Legalización y Mejoramiento Integral
de Barrios, hoy Subdirección de Mejoramiento Integral, “adelante el acto administrativo,
correspondiente que dé lugar a la modificación de los planos SF12/4-00, SF12/4-01 y la

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