Concepto de Secretaria Distrital de Planeación, 19-01-2023. (Aplicación Decreto Distrital 555 de 2021 y Planes de Regularización y Manejo.)
Fecha de publicación | 19 Enero 2023 |
Emisor | Secretaría Distrital de Planeación (Colombia) |
SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Folios: 7
Anexos: No
No. Radicación: 2-2023-07112 No. Radicado Inicial: 1-2022-
130708
No. Proceso: 2074430 Fecha: 2023-01-19 13:22
Tercero: CURADURIA URBANA No. 2
Dep. Radicadora: Subsecretaría Jurídica
Clase Doc: Salida Tipo Doc: Oficio de salida Consec: XXXXXX-
XXXXX
EVITE ENGAÑOS: Todo trámite ante esta entidad es gratuito, excepto los costos de reproducción de documentos. Verifique
su respuesta en la página www.sdp.gov.co link "Estado Trámite". Denuncie en la línea 195 opción 1 cualquier irregularidad.
Cra. 30 Nº 25 -90
pisos 5, 8,13 / SuperCade piso 2
Archivo Central de la SDP
Cra 21 Nª69B-80 ext. 9014-9018
PBX: 335 8000
www.sdp.gov.co
Código Postal: 1113111
Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente.
Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999.
Bogotá, D. C., 19 de enero de 2023
Arquitecto
GERMÁN MORENO GALINDO
Radicado: 1-2022-130148 y 1-2022-130708.
Asunto: Aplicación Decreto Distrital 555 de 2021 y Planes de Regularización y Manejo.
Respetado Arquitecto,
Recibimos la comunicación del asunto, mediante la cual consulta sobre la renuncia a las
normas urbanísticas de un PRM en el marco del artículo 601 del Decreto Distrital 555 de
2021.
En primer lugar, se procede a la valoración del tema, acorde con las competencias asignadas
a esta Dirección en el Decreto Distrital 432 de 2022. Cabe advertir que el presente
pronunciamiento se emite en los términos del artículo 281 del Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Aclarado lo anterior y en procura de atender su consulta, se transcribe y resuelve su solicitud
en los siguientes términos:
“1.1 ¿Es procedente renunciar a las normas urbanísticas del PRM, sin perjuicio de
poder continuar ejecutando el urbanismo y construcción de la etapa segregada con
base en sus licencias urbanísticas de urbanismo y construcción vigentes a la fecha aún
no consolidadas, y a la vez, para la etapa del dotacional, enmarcada dentro de las
obligaciones de la misma licencia de urbanismo acogerse a las normas del Decreto
555 de 2021, artículo 601?.
1 Sustituido por el artículo 1º de la Ley 1755 de 2015.
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