Concepto de la Superintendencia de Economía Solidaria. 11121–03 – A partir de que momento asumen el Consejo y la Junta - Doctrina Administrativa - VLEX 744426657

Concepto de la Superintendencia de Economía Solidaria. 11121–03 – A partir de que momento asumen el Consejo y la Junta

Fecha29 Abril 2003
EmisorSuperintendencia de la Economía Solidaria (Colombia)
Bogotá, D CONSEJO DE ADMINISTRACION Concepto No. 011121 del 29 de abril de 2003

Síntesis: A partir de qué momento asumen sus funciones el consejo de administración y la junta de vigilancia.

Con toda atención nos referimos a su comunicación citada en el asunto, en la cual solicita ilustración respecto al momento a partir del cuál deben asumir las funciones los miembros de los órganos de administración y vigilancia, toda vez que se presenta inconsistencia con los estatutos.

Sobre el tema objeto de consulta le comunicamos que en el Capítulo Séptimo de la Circular Básica Jurídica (Circular Externa No. 007 de 2003), se estableció en forma puntual a partir de qué momento asumen sus cargos los miembros de los órganos de administración y vigilancia elegidos en asamblea general.

Para tal efecto, es necesario precisar que se deben diferenciar dos grupos de entidades cooperativas vigiladas por esta Superintendencia que son: Las cooperativas que ejercen actividad financiera en los términos del artículo 39 inciso 4º de la Ley 454 de 1998, esto es que captan ahorro de sus asociados y el segundo grupo las cooperativas que no ejercen dicha actividad, esto es, que no captan ahorros de sus asociados.

Para las entidades que no captan ahorro de sus asociados, como es el caso de la cooperativa que usted gerencia, los miembros d e los órganos de administración y vigilancia, elegidos en la asamblea general, no requieren posesión ante esta Superintendencia, previamente a asumir sus funciones y en tal virtud pueden asumir su cargos a partir del momento de su elección, como quiera que el registro ante la cámara de comercio surte efectos simplemente declarativos.

La Circular en comento, dispuso adicionalmente:

“ Los miembros de los órganos de administración y vigilancia que no resulten reelegidos, deben proceder de manera inmediata, como es su obligación, a hacer entrega de sus cargos y de los documentos que reposen en su poder a quienes...

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